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Abel Verano
Santander
Jueves, 10 de abril 2025, 14:27
El acto de conciliación entre el rey emérito y el diputado del Parlamento de Cantabria y expresidente del Gobierno regional Miguel Ángel Revilla, tendrá lugar ... el viernes 16 de mayo, a las 10.00 horas, en la sala de vistas n.º 10 de la sede judicial de Las Salesas, en Santander.
Según ha informado este jueves el TSJC, el señalamiento ya ha sido comunicado a la representación del conciliante y también personalmente al conciliado, en su despacho del Parlamento de Cantabria.
El acto de conciliación está regulado en la Ley de Jurisdicción Voluntaria y consistirá en una comparecencia de las partes ante la letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia n.º 13 de Santander. Conciliante y conciliado podrán acudir por sí mismas o por medio de su procurador.
Si no comparece la parte solicitante se le tendrá por desistido y se archivará el expediente, mientras que si no lo hace el conciliado, se pondrá fin al acto, teniéndose la conciliación por intentada a todos los efectos legales. En el acto de conciliación, el solicitante expondrá su reclamación y contestará el requerido lo que crea conveniente.
Si se alcanza conformidad entre los interesados en todo o en parte del objeto de la conciliación, se hará constar detalladamente en un acta todo cuanto acuerden y que el acto terminó con avenencia, así como los términos de la misma, debiendo ser firmada por los comparecientes.
Si no se consigue acuerdo alguno, se hará constar que el acto terminó sin avenencia.
Finalizada la comparecencia, la letrada de la Administración de Justicia dictará un decreto donde hará constar el resultado de la misma: la avenencia o, en su caso, que se intentó sin efecto o que se celebró sin avenencia, acordándose el archivo definitivo de las actuaciones.
Antes de conocer la fecha del acto de conciliación, la defensa del rey emérito ha trasladado su «malestar» al Juzgado de Primera Instancia Nº13 de Santander por la «filtración» del escrito de demanda de conciliación presentado contra el expresidente de Cantabria y diputado regionalista por presuntas injurias y calumnias hacia Juan Carlos I.
El pasado martes, un programa de televisión de ámbito nacional ofreció una serie de detalles sobre el contenido del escrito de demanda de conciliación al que han tenido acceso y que Revilla no tendrá en su poder hasta que se señale la fecha de ese acto con el que se pretende evitar el pleito judicial.
En dicho programa, un periodista desglosó alguno de los aspectos claves y extrajo algunas transcripciones literales del documento, «que dedica siete de sus diez páginas a transcribir las supuestas calumnias de Revilla hacia el rey emérito». Según comentó, Juan Carlos I solicita una «rectificación de las afirmaciones ofensivas vertidas por el expresidente cántabro», realizadas principalmente en programas de Antena 3 (El Hormiguero) y la Sexta. Además, reclama que «se retracte en los mismos medios y con la misma dimensión» y exige «un compromiso (por escrito) de que no volverá a hacerlo».
Más allá de ofrecer estos detalles del escrito, el periodista aseguró que está previsto que el acto de conciliación se celebre, «muy probablemente, a mediados del próximo mes de mayo» a petición de los abogados de Revilla, que aún no están personados en el procedimiento.
Tras hacerse eco de esta información en exclusiva del programa, el procurador del rey emérito se personó en el Juzgado encargado de tramitar el acto de conciliación para trasladar el «malestar» de la representación legal del demandante por una filtración que, según sostienen, ha tenido que salir «o bien del decanato o del propio Juzgado de Primera Instancia Nº13», puesto que ellos aseguran no haberlo filtrado y Revilla no tiene aún el documento.
Este periódico se ha puesto en contacto con el Decanato de los Juzgados de Santander y han preferido guardar silencio al no haberse presentado una queja formal por parte de la representación legal de Juan Carlos I.
Fuentes cercanas al caso han explicado a El Diario Montañés que, en caso de que ese acto no llegue a buen puerto, la letrada Juan Carlos I tendría que presentar una demanda civil en Madrid, ya que la ley prevé que se presente en el lugar en el que resida el demandante, pero en este caso, al hacerlo fuera de España, lo que se tiene en cuenta es el lugar en el que se produjeron los hechos, es decir, en la capital de España.
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