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rosalía agudín
Sábado, 29 de junio 2019, 21:38
Nuevo varapalo judicial para la familia de Eloy Palacio. El Tribunal Supremo ha rechazado indemnizar a la familia del bombero fallecido el 7 de abril de 2016, durante las labores de extinción del incendio que devoró el edificio 58 de la calle Uría y el 25 de Melquíades Álvarez. Lo ha hecho después de «inadmitir» el recurso de casación presentado el año pasado, tal y como informó ayer el abogado Francisco Pérez Platas.
Con este auto, contra el que no cabe opción de presentar recurso, se confirman las dos sentencias que en primera instancia el juzgado de lo Social número 2 y después el Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) emitieron y en las que se descartaban dar tanto a su viuda, Marta Valle, como a sus hijos, David y Luis Palacio, una ayuda cercana a los 400.000 euros.
La familia solo ha cobrado los 18.000 euros de la póliza municipal que estaba en vigor en el momento del accidente. La cantidad fue después revisada al alza hasta los 40.000 euros por el anterior equipo de gobierno, pero sus parientes no se pudieron beneficiar. También, han recibido los 172.000 euros que los efectivos de toda España les han dado gracias a la campaña 'Una guardia por Eloy'.
Ahora, Pérez Platas ha agotado todas las vías judiciales que tenía hasta el momento abiertas. La familia estaba dispuesta a ir hasta el final para que se reconociese la profesionalidad del efectivo que falleció hace tres años cuando la cornisa del edificio 58 se desplomó. Junto a él se encontraba su compañero Juan Carlos Fernández Granda 'Cuni' que resultó herido. En un primer momento, los tribunales calificaron los hechos como una «imprudencia temeraria» y descartaron dar la ayuda que pedían. La viuda recurrió la sentencia y el TSJA rebajó esta calificación a «imprudencia laboral». Este asunto lo llevaron ante el Supremo que ahora ha dado carpetazo a la causa.
Pérez Platas interpuso a principios de año una demanda contra el intendente de bomberos Luis Díaz Montes por un presunto «falso testimonio». Lo hicieron después de dar con unas grabaciones en las que se demostraba, según defendió el abogado, que el jefe del servicio «mintió» en sede judicial al decir que se encontraba en la «calle Melquíades Álvarez en el momento del derrumbe» en vez del «vértice de Uría con esta vía. Pero este testimonio es «irrelevante» para la causa y la Sección Segunda ha desestimado el recurso.
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