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GONZALO DÍAZ-RUBÍN
OVIEDO.
Jueves, 1 de febrero 2018, 03:24
Unos cuatro millones de euros. Eso es lo que costará asimilar a los 78 trabajadores de colaboración social dentro de la plantilla municipal tras la sentencia de la sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Asturias que ratifica el «fraude» en la contratación de estos empleados. El fallo desestima el recurso de súplica planteado por el Ayuntamiento de Oviedo porque «no está suficientemente justificada» la temporalidad, requisito imprescindible para acogerse a esta figura para desempleados mayores de 52 años, y «no se ha justificado en modo alguno la razón de acudir a esos trabajos desde 2007».
El problema, es cierto, viene de lejos. El Ayuntamiento llegó a sumar, en aquel año, casi 280 trabajadores de colaboración social, parados con subsidio a los que la Administración podía llamar para fines de interés social a cambio de completarles los ingresos hasta su última base de cotización. La cifra se fue reduciendo en los últimos gobiernos del PP. En especial, a partir de que el Supremo señalase la ilegalidad de usar esta fórmula para cubrir puestos estructurales en 2013. Se optó por no cubrir las jubilaciones o licitar un contrato de servicio para dotarse de ordenanzas. Aún así, cuando Wenceslao López tomó posesión como alcalde había 136 trabajadores en esta situación y, encima de la mesa, las primeras demandas impulsadas desde el sindicato CSI.
Las primeras sentencias, favorables a los trabajadores, aceleraron el proceso y animaron a muchos más. En la actualidad, según datos de la Concejalía de Personal, hay 28 sentencias «pendientes de ejecutar», otros 15 recursos de los que ha desistido el Ayuntamiento y devendrán en sentencias firmes y, al menos, 21 reclamaciones previas a la demandas judiciales, que Abogacía Consistorial propone aceptar ya «para evitar la imposición de costas que prevé la sentencia del TSJA».
Los datos no son fáciles de recopilar, admite el concejal del área, Iván Álvarez. Parte de las demandas pendientes de ejecutar (léase pagar) y de los recursos corresponden a trabajadores ya jubilados en los dos últimos años. El cumplimiento de la sentencia en estos casos se limitaría a abonar las diferencias salariales de un año entre lo que cobraban y lo que percibe un trabajador de plantilla con las mismas funciones, más los intereses legales. También, a ponerse al día con la Seguridad Social y satisfacer las cuotas correspondientes a los últimos cinco años.
Para los trabajadores de colaboración social aún en activo, la sentencia facilitará su incorporación a la plantilla en igualdad con el resto del personal laboral, pero al Ayuntamiento le costaría los mismo: un año de salario y cinco a la Seguridad Social.
La sentencia, en realidad, facilita su asimilación porque antes ya la pifió el Ayuntamiento. El equipo de gobierno actual renovó de un plumazo y por acuerdo de la junta de gobierno a todo el colectivo. Lo hizo con un informe de la, entonces, directora general de Asesoría Jurídica, Patricia Ibaseta, que sostenía que se había producido «una suerte de ilegalidad 'sobrevenida', al modificarse la doctrina del Supremo» sobre estos contratos. Indicaba que «la no prórroga de sus contratos supondría un grave perjuicio» y «una paralización del funcionamiento de los servicios municipales», con lo que los reconocía como estructurales, y concluía «que el interés público prima», sobre «la ilegalidad en que se pueda incurrir». El argumento de que el interés del Ayuntamiento «prima» sobre la legalidad -no puede sorprender- no triunfó en los tribunales. Más teniendo en cuenta que, como señala ahora el TSJA, porque el Ayuntamiento tampoco ha hecho los deberes: «No acredita tampoco por otro lado que haya iniciado realmente procedimiento alguno tendente a la provisión» de las plazas, tal y como proponía Ibaseta en su informe.
El equipo de gobierno estudia ahora sacar las 78 plazas para evitar que sean amortizadas con la jubilación de estos trabajadores. «Lo haremos en la medida que podamos, tratando de no perjudicar a estos empleados, pero estos procesos son largos», explicó Álvarez.
Para el letrado de CSI, Adrián Álvarez Álvarez, la sentencia «vuelve a ratificar» la ilegalidad de la utilización de estos contratos de colaboración social por parte del Consistorio. «Lleva años sirviéndose de este tipo de contratos para atender necesidades estructurales y permanentes contando así con multitud de trabajadores a bajo coste», señaló.
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