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Miércoles, 11 de mayo 2022, 14:55
Un hombre ha aceptado una pena de 2 años de prisión tras reconocer este miércoles haber abusado sexualmente de su sobrina menor de edad durante al menos 2 años, hasta que su madre denunció los hechos tras conocerlos a través del colegio de la niña. ... La vista oral estaba señalada para este miércoles, a puerta cerrada, en la Sección Segunda de la Audiencia Provincial, con sede en Oviedo.
El acusado, nacido en 1963, en fechas no determinadas pero en su caso al menos desde el año 2017 a finales de 2019, en las ocasiones en las que su sobrina nacida en 2006 se quedaba en su domicilio, en Oviedo, así como cuando pasaba alguna temporada de vacaciones y fines de semana en la casa que el acusado tenía en Teverga, abrazaba a la menor por detrás, la vigilaba desde la puerta de una de las habitaciones de la casa cuando se cambiaba de ropa, se metía con ella en la cama y, en otras ocasiones, la tocaba a la altura de los genitales por encima de la ropa.
La madre de la menor formuló la correspondiente denuncia en diciembre de 2019, tras conocer de los hechos a través del colegio de la niña. El acusado, al inicio de la vista oral, al ser interrogado, reconoció los hechos y expresó su arrepentimiento. Antes del juicio, consignó 2.000 euros para hacer frente a las responsabilidades civiles y entregó otros 2.000 euros a la acusación particular.
Los hechos relatados fueron considerados constitutivos de un delito continuado de abusos sexuales de los artículos 183.1, 191, 192.1.3 y 74, todos ellos del Código Penal. Concurre la atenuante de reparación del daño y la analógica de confesión.
Tras reconocer los hechos, el acusado se mostró conforme con que se le impusiera una pena de 2 años de prisión e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, prohibición de aproximación a menos de 500 metros a la menor, a su persona, domicilio, centro educativo donde se encuentre, o cualquier otro frecuentado por la misma, así como la de comunicarse con ella por cualquier medio o procedimiento verbal, escrito o telemático, en ambos casos por un periodo de 7 años.
Inhabilitación especial para cualquier profesión y oficio que conlleve contacto regular y directo con menores de edad, sea o no retributivo, durante 7 años y libertad vigilada durante 6 años.
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