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G. D. -R.
OVIEDO.
Lunes, 9 de octubre 2017, 01:27
La Fiscalía ha acordado el archivo de las diligencias abiertas contra Aqualia, concesionaria del servicio de Aguas, a instancias de una denuncia de la Plataforma Ciudadana por la Defensa del Agua Pública en Asturias, apoyada por la sección sindical de CSI. El Ministerio Público no ... halla indicio alguno de los presuntos delitos de malversación y prevaricación insinuados en la denuncia en relación con la obligación de la concesionaria de realizar el mantenimiento de los hidrantes. Obligaciones que, según la Plataforma por la Defensa del Agua, se habrían desviado a través de contratos menores con la mismo empresa y grupo de empresas.
El fiscal Joaquín de la Riva señala en su decreto que varios de los contratos que aportaban los denunciantes se referían a la instalación de nuevas tomas de agua para uso exclusivo en caso de incendio, por lo que deben considerarse como «obra nueva» y, en virtud de los pliegos de la concesión de 1996, competencia y responsabilidad del Ayuntamiento.
En concreto, los denunciantes señalaban dos contratos para la instalación de hidrantes en la zona urbana, de 2013, y otro posterior, de 2016, para colocar bocas de incendio en la zona rural. De la Riva cita el pliego de la concesión para oponer que «las obras de ampliación, renovación y mejora» son «de exclusiva cuenta del Ayuntamiento». Además da validez a la justificación municipal acerca de las razones por las que se le adjudicaron ambos a la empresa concesionaria sin concurso. «Son obras relacionadas con las redes existentes, que hacen precisos cortes de suministro y regulación de los mismos y es imprescindible que las obras sean llevadas a cabo por la empresa concesionaria», señala el fiscal en su decreto.
Más fino tiene que hilar al analizar otros dos contratos puestos en solfa por los denunciantes y en los que expresamente se dice que tienen como objeto la «renovación» o el «mantenimiento» de hidrantes, lo que daría a pensar que deberían haber sido asumidos por la empresa. De la Riva señala que ninguno de los contratos recibió reparo o recurso alguno y se adhiere a un informe del secretario municipal de 2001 en el que se sostiene que el Ayuntamiento está facultado para encomendar a la empresa obras que «estén relacionadas con la concesión» y «con el fin de mejorar» o llevar a cabo el suministro. De paso, repasa la jurisprudencia sobre los delitos de prevaricación -aquello de que no basta con que el acto sea ilegal- y malversación y termina recordando que el presunto deficiente mantenimiento de las redes de tomas de agua ya se juzgó en relación con el incendio que arrasó el número 58 de la calle Uría.
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