G. D. -R.
Viernes, 21 de abril 2017, 03:41
La Fiscalía del Principado de Asturias se opone a reabrir la causa por el presunto delito contra la seguridad de los trabajadores que le habría costado la vida a Eloy Palacio y herido a su compañero Juan Carlos Fernández Granda, 'Cuni', durante las tareas de extinción del incendio del número 58 de la Uría hace ahora un año. El Ministerio Público sostiene que en el exhaustivo informe de la Policía Científica sobre el suceso, entregado en el juzgado hace dos semanas, no se hallan nuevos indicios que tengan relevancia Penal para sostener la acusación contra el anterior jefe de Bomberos, su segundo y el jefe de turno y del operativo aquel día.
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Como la familia del bombero fallecido que había solicitado la reapertura de la instrucción, la Fiscalía ha remitido un escrito al Juzgado de Instrucción Número 2 en el que rechaza la reapertura de la causa. El Ministerio Público no ha variado su criterio. En septiembre pasado solicitó el sobreseimiento libre de la investigación penal. El fiscal delegado de Siniestralidad Laboral, Enrique Valdés-Solís, señalaba que «la forma en la que se produjo el accidente ha quedado indubitadamente acreditada». Detallaba que, «en un momento dado, los dos bomberos se bajaron desde la cesta del brazo articulado al forjado del cuarto piso» y «soltaron sus cintas multianclaje de seguridad de la cesta (pues no les permitían alcanzar la zona de trabajo) y cuando realizaban labores de desescombro a fin de extinguir el incendio, cedió el forjado» y cayeron. La Fiscalía sostenía entonces, después de que este diario publicase las grabaciones del operativo en las que el intendente Luis Díaz Montes da la orden a los accidentados de subir a apagar las llamas de la cornisa desde la que, veinte minutos después, caerían al vacío, que «no existió una orden expresa de descender de la cesta» a los dos trabajadores.
Una orden sin probar
Enrique Valdés-Solís sostenía que «sí existió» una orden «de ataque exterior» del fuego, que «pudo ser malentendida por los accidentados» cuando el «incendio ya estaba controlado». También que la dirección del operativo fue correcta. «Existió una dirección real de la extinción del incendio, impartiendo diversas instrucciones», entre ellas, destaca, «la del ataque exterior del incendio una vez que se consideró que el riesgo de ataque interior era desproporcionado».
Lo extraño es que la Policía Científica no considera probada la primera y niega lo segundo. Según sus conclusiones, no está claro que existiese una orden de ataque exterior -las declaraciones de los agentes son contradictorias-, aunque parece deducirse que algo hubo porque los bomberos abandonaron el interior del edificio. Son dudas, de lo que tiene certezas es de que faltó dirección y capacidad técnica durante la intervención. La dudosa orden de ataque exterior, que según el jefe de turno «supone proceder a la extinción del fuego sin entrar en contacto con la estructura incendiada», el primero en incumplirla fue «el propio intendente jefe», también los accidentados. Pese a ello «ninguno los responsables del operativo» lo impidió y ni les dijo nada. «Todo lo expuesto en este punto señala una falta de supervisión adecuada del dispositivo». Hay más certezas. La falta de agua e hidrantes «condicionaron» la extinción.
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