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Uno de los acusados, tapándose en el Juzgado para que no se le reconozca.
Los acusados por vender 'gas de la risa' defienden que «no estaba prohibido»

Los acusados por vender 'gas de la risa' defienden que «no estaba prohibido»

Argumentan en la vista oral que un auto de un juzgado de Oviedo y una sentencia de otro de Gijón niegan que se trate de un delito

Ana Salas

Martes, 7 de julio 2015, 00:14

Cuando la Policía Nacional llegó el 8 de junio de 2013 a una discoteca de El Antiguo dentro del dispositivo para evitar hurtos, encontró que en un mostrador vendían cápsulas del conocido como 'gas de la risa' y un joven estaba inhalándolo. El encargado mostró al responsable del dispositivo policial una copia de un auto emitido por el Juzgado de Instrucción número 3 de Oviedo que absolvía ya a los responsables de este bar acusados por el mismo delito. Es uno de los principales argumentos de la defensa de los dos empresarios propietarios del local y del empleado, acusados por la Fiscalía de un delito contra la salud pública por lo que solicita dos años de prisión para cada uno.

Ante la magistrada titular del Juzgado de lo Penal número 3, el único de los empresarios que accedió a responder (el otro se acogió a su derecho de no declarar) a las preguntas de su abogado, Ricardo Álvarez-Buylla, reconoció saber que vendían esta sustancia en su establecimiento e insistió en que contaba con un auto que «decía que no estaba prohibido comercial con la sustancia». También con una sentencia de Gijón sobre un bar, casualmente con el mismo nombre que ayer se juzgaba, que absuelve a sus dueños.

Al abogado le confirmó que estaba «convencido» de que lo que hacían no era delito. El encargado del local corroboró la declaración de su jefe al responder en los mismos términos. No tenía ni la «remota idea de que la actividad era ilícita» y por eso vendían las cápsulas, insistió. El letrado se refirió a ambos fallos judiciales para asegurar que la venta de este tipo de cápsulas en locales de ocio no se considera delito sino que son «una conducta atípica» y que «nadie ha sido condenado por un hecho que no está contemplado como delito por la ley». Además, advirtió de que el óxido nitroso «todo el mundo puede adquirirlo en grandes almacenes, incluso los menores de edad». Se utiliza para la elaboración de espumas con sifón pero su inhalación puede ser peligrosa. Provoca un estado de euforia instantáneo, irrita los ojos, la nariz y la garganta, causa tos y falta de aire, pudiendo provocar incluso la pérdida de conocimiento y en niveles muy altos hasta la muerte.

«Perjudicial para el consumo»

Una sentencia o un auto «no es normativa ni concede licencia» para vender una sustancia que es «perjudicial para el consumo humano», aseguró la representante del Ministerio Fiscal, que llamó la atención sobre que las resoluciones no han sido emitidas por la Audiencia o Tribunal Supremo. También, que «la ignorancia o el desconocimiento» no son argumentos para cometer un presunto delito.

Cuatro agentes de la Policía Nacional testificaron ayer en la sesión del juicio que quedó visto para sentencia. Explicaron lo que vieron y lo que encontraron en el establecimiento aquel 8 de junio de 2013. También declaró un cliente del local que aseguró que ese día no había adquirido la cápsulas cuyo gas se introduce con un sifón en globos y de ahí se inhala. Ese mismo año, en noviembre, el Gobierno del Principado anunció que sancionaría el suministro de óxido nitroso con multas que podrían llegar hasta los 18.000 euros.

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