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Pocos asuntos han tenido tan profusa normativa reguladora como el tabaco en España. Por citar sólo algunas disposiciones restrictivas de las últimas décadas, el Real Decreto 192/1988, de 4 de marzo, sobre limitaciones en la venta y uso (en colegios y hospitales); la Ley ... 34/1988, de 11 de noviembre, prohibitiva de su publicidad televisiva; el Real Decreto 510/1992, de 14 de mayo, de etiquetado y prohibición en aeronaves, extendida a los autobuses urbanos en 1999; la Ley 28/2005, de 26 de diciembre, que proscribió el humo en el trabajo o la Ley 42/2010, de 30 de diciembre, que eliminó el cigarrillo de bares, restaurantes y discotecas, sin poder crear espacios para fumadores. Y ahora se han dado pasos –controvertidos– para impedir fumar en las terrazas. Todo ello sin contar con otras disposiciones como las concernientes a los menores o a las situaciones de crisis sanitaria. Podría escribir este artículo y cuatro más, resumiendo este constante reduccionismo del hábito de fumar y sin entrar en medidas de tipo fiscal asociadas al viejo monopolio de Tabacos.
No soy fumador. No soy hostelero; es más, en mi familia, aunque ha habido y hay comerciantes, nadie se ha dedicado a este sector, con el que, a veces, puedo ser crítico. Pero dicho esto, en un país con la climatología del nuestro –e incluyo claramente a Asturias–, tanta restricción me parece un desatino. Me molesta el humo, como a casi todo el mundo y recuerdo las humaredas en las aulas, cuando estudiaba, y ascensores que parecían cámaras de gas. Hay medidas que son lógicas y salutíferas, pero, a este paso, se preverá el mandamiento judicial para entrar en los domicilios a inspeccionar si hay una persona depravada con un pitillo en los labios, aunque esté apagado como el del Abuelo Vítor de la canción.
De las terrazas, me preocupa más que cierren el paso a los peatones que el hecho de que, con una distancia adecuada entre sillas, alguien pueda relajarse con una cerveza y unas caladas. No creo que sea tan perjudicial socialmente, aunque deba insistirse en la salud del fumador y las consecuencias para toda la sociedad, que tiene que pagar los tratamientos de enfermedades severas generadas por el tabaco. Pero como esas personas, pese a las advertencias con calavera incluida en las cajetillas, van a seguir buscando escondrijos para darle al mechero, casi mejor no crear guetos ni leyes secas. Por cierto, cualquier día van a por la cerveza, la sidra y el vino. Cuidadín con pasarse de frenada.
Como es bien sabido y lo señala muy bien el Ministerio de Hacienda en su web, con el descubrimiento de América y, junto a muchos otros nuevos productos desconocidos hasta entonces (tan importantes para este Principado como la faba, el maíz o la patata), empezaría el comercio de tabaco entre España y América, para después extenderse al resto del mundo. Como recurso económico se instaura, con distintas etapas, desde mediados del siglo XVII, el estanco del tabaco en España, «reservándose el Estado –como recuerda el Ministerio–, a través de distintas modalidades, las rentas generadas por el comercio del tabaco, convirtiéndose en una gran fuente de financiación de la hacienda pública». Era un monopolio fiscal que incluía la fabricación, importación, distribución y comercialización, «gestionándose la explotación en régimen de arrendamiento o como concesión pública».
La incorporación de España a la actual Unión Europea supuso la extinción del monopolio, a salvo la venta minorista a través de las expendedurías de tabaco y timbre del Estado. La Ley 13/1998, de 4 de mayo, de Ordenación del Mercado de Tabacos y Normativa Tributaria, creó el organismo autónomo Comisionado para el Mercado de Tabacos, regulador y supervisor del comercio de tabacos en España, a salvo Canarias, que goza de un muy añejo privilegio, también fiscal.
Retorno al título de este comentario. Si seguimos en esta línea abolicionista, en vez de preguntar dónde está vedado fumar, habrá que preguntar dónde no te van a multar. ¿En un parque? ¿En una senda de montaña? ¿En una playa virgen? Yo creo que la población española ha sido modélica –y los profesionales también y perdiendo dinero– y a veces lo mejor es enemigo de lo bueno. La alegría, el relax, la prosperidad de los negocios y la vida en la calle también son bienes jurídicos a proteger y no se trata de hacer tanatorios –donde tampoco se fuma– de las aceras.
El principio de proporcionalidad y el tener presentes, a la hora de tomar medidas, todos los activos y pasivos en juego, parece algo obligado. Y repito: hágase lo que se haga, yo lo voy a acatar por el simple hecho de que las normas de la fumadera, en lo personal, me son tan ajenas como el Código Civil de Marte.
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