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Tal como publicaba EL COMERCIO el pasado 26 de marzo, el Tribunal Superior de Justicia de Asturias acaba de emitir una sentencia a la que ... puede que no se haya prestado demasiada atención, pero que traerá consigo importantes consecuencias en futuros procesos de adjudicación de obra pública. Esta sentencia da la razón a la Confederación Asturiana de la Construcción en su recurso contra la adjudicación directa, por parte de la Consejería de Cultura, Política Llingüística y Turismo del Principado, para la construcción de la Casa de la Música de Candás a favor de la empresa pública Tragsa por 1,44 millones. La sentencia se refiere a que en dicha adjudicación directa se obvió la intención de varias empresas constructoras de concurrir a dicha obra y de ignorar el principio de eficiencia económica, al demostrarse que la licitación pública del contrato hubiera sido menos costosa que su adjudicación directa.
Esta sentencia y la polémica que la propicia abren un amplio espacio de debate, pero creo que es importante centrarse en dos puntos: en primer lugar, el motivo que lleva a la Administración del Principado a otorgar una concesión directa a Tragsa, y que no es más que la comodidad.
La concesión directa permite acometer una obra en el menor plazo posible, saltándose las complejidades del proceso administrativo que la propia Administración ha establecido para abrir un concurso público. No deja de producir cierto sonrojo que sea la propia Administración la que implícitamente reconozca que los procesos de adjudicación de obra pública, tal como están concebidos, son un galimatías que convierten en una agonía lo que debería ser rutinario, especialmente cuando estamos hablando de proyectos relativamente pequeños o de ámbito local.
En segundo lugar, resulta interesante analizar la razón última detrás de esta orgía regulatoria. Es alarmante ver cómo el punto de vista vigente entre muchos políticos y sectores de opinión consiste en entender lo público y lo privado como dos competidores antagónicos abocados a librar una lucha sin cuartel, en la que lo público merece por defecto estar en posición de decirle al sector privado cómo debe hacer las cosas. Pero si excluimos de este debate las motivaciones ideológicas, la realidad es que la coordinación entre lo público y su capacidad para movilizar recursos, y lo privado y su habilidad para asignar dichos recursos eficientemente, constituye el más poderoso motor de progreso con el que puede contar una sociedad.
Por eso sería deseable que los partidos de gobierno y la Administración del Principado sean capaces de ver en esta sentencia una razón más para impulsar los planes de racionalización burocrática a los que apela el presidente Barbón y por los que ruegan autónomos y empresarios, y no una excusa para seguir incidiendo en absurdas cruzadas ideológicas.
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