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Es público y notorio el enorme debate que ha provocado la intención del Gobierno de conceder indultos a los presos del 'procés'. Por lo que se puede ver (ya hay algunas encuestas al respecto), la opinión de la gran mayoría de los ciudadanos españoles, incluido ... un elevado porcentaje de votantes del PSOE, es contraria a esta medida de gracia. Parece que, solo los votantes de Unidas Podemos son los que están mayoritariamente de acuerdo.
Es cierto que desde la Transición ha habido algunos indultos de políticos a políticos, siendo muy sonados, por ejemplo, los que se concedieron a Barrionuevo y Vera, responsables del GAL o al General Armada, por el 23F. Se trataba de casos en los que de modo manifiesto se había alterado el estado de derecho. Pero, contrariamente a lo que está sucediendo ahora, en aquel momento, los gobiernos del PSOE y del PP que los otorgaron, además de contar con los informes favorables de la Fiscalía y del Tribunal Supremo, contaban también con el consentimiento mutuo de ambos partidos.
Pero, ahora, la situación es diametralmente distinta, ya que tanto la Fiscalía como el Tribunal Supremo, en sus informes, se muestran totalmente contrarios a la concesión de estos indultos, reseñando que además de la gravedad de los hechos cometidos, los condenados en ningún momento han mostrado su arrepentimiento, además de manifestar que volverán a hacer lo mismo. Los informes son contundentes también al señalar que no se aprecian razones de equidad, justicia o utilidad pública para ampararlos. Y añadidamente a todo esto, los partidos de la oposición (algo que no había ocurrido en los casos anteriores), se muestran totalmente contrarios, al igual que un gran porcentaje de los votantes del PSOE.
Si vemos el artículo 11 de la Ley de 18 de junio de 1870, modificada por la Ley 1/1988 del 14 de enero, «el indulto total se otorgará a los penados tan solo en el caso de existir a su favor razones de justicia, equidad o utilidad pública a juicio del Tribunal sentenciador». Parece, por tanto, muy complicado que se pueda conceder este indulto.
La seria disquisición jurídica que se puede plantear es si la potestad discrecional del Gobierno para conceder indultos está por encima de los preceptivos informes de la Fiscalía y del Tribunal Supremo. Ya que, de ser así, estos indultos podrían estar deficientemente motivados y además de eso, probablemente estaríamos ante unas decisiones políticas que no tendrían ningún control judicial y que, por ello, impedirían a los tribunales de justicia controlar las decisiones arbitrarias de uno de los poderes del Estado, algo que constitucionalmente está totalmente proscrito.
Pienso por tanto que, caso de que el Gobierno siga adelante y otorgara estos indultos, los tribunales de justicia tendrían la facultad de controlar el ejercicio de ese derecho de gracia, analizando el caso concreto y viendo si esa potestad discrecional se ha aplicado de modo arbitrario, lo que llevaría al dictado de una sentencia que anularía esos indultos. Creo que no es bueno que se coloque al Tribunal Supremo en esa tesitura.
Si la actual Ley del Indulto no es completa, o necesita aclarar algunas cuestiones para adaptarla a ciertas situaciones, que la Cámara la modifique, pero, entre tanto esto no se haga, un acto político que otorgue indultos en contra de los informes de la Fiscalía y del Tribunal sentenciador habría de ser declarado nulo por una última decisión judicial. Hubo una buena oportunidad unos años tras, cuando diferentes partidos políticos plantearon reformas tendentes a suprimir determinados indultos y también a añadir que los dictámenes previos de Fiscalía y tribunales, además de preceptivos, fuern vinculantes.
No es bueno que un indulto se conceda por conveniencia política o partidista, pese a tener informes técnicos contrarios. El indulto no puede servir para que un gobierno haga política. No puedo compartir que nuestro estado de derecho dependa de la debilidad parlamentaria del gobierno de turno.
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