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Publicado, el miércoles pasado, el Real Decreto 217/2022, de 29 de marzo, por el que se establece la ordenación y las enseñanzas mínimas de la Educación Secundaria Obligatoria, han arreciado las críticas a la disposición, que son continuación de las recibidas por la reforma ... educativa operada por la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre.
Yo confieso que siempre, gobierne quien gobierne, he sido muy escéptico con las ideas y ocurrencias de los psicopedagogos ministeriales. Y como yo, centenares de enseñantes. Soy de los que cree, a pies juntillas, que la experiencia acumulada por el profesorado que pisa las aulas, aunque desconozca las sedes donde se corta el bacalao, ofrece un mejor conocimiento y una racionalidad que no garantizan los teóricos que logran llevar al BOE sus criterios. Y, repito, no solo lo pienso yo, aunque me enorgullezco de venir de una familia de maestras, profesores de Instituto y docentes universitarios.
Esta última reforma de la Enseñanza Secundaria Obligatoria, como acabo de decir, está cosechando multitud de censuras y, a buen seguro, muchas son injustas, distorsionadas o interesadas políticamente. Además, en los tiempos actuales, el altavoz que dan las redes sociales y las tecnologías comunicativas permite difundir ilimitadamente toda suerte de juicios subjetivos infundados -leer una norma no es práctica muy extendida-, por no decir, claramente, mentiras.
¡Claro que me preocupa la omisión, casi extintiva, de la Filosofía! Naturalmente, me decepciona que, aunque se hable de «competencia ciudadana», el alumnado siga llegando a las Facultades de Derecho sin saber lo que es la Constitución, ni la Ley, ni los tribunales. Me preocupan muchas cosas y, por manido que sea, que nuestros políticos no alcancen un pacto educativo que garantice estabilidad y no cambios continuos de modelo.
Indudablemente, como a tantas personas, me inquieta el tema de la promoción, que no es, en este caso, el sueño dorado de nuestros equipos de fútbol. Los artículos 16 y 17 del Real Decreto se ocupan de este tema y de la titulación; las decisiones sobre la promoción de un curso a otro serán adoptadas, de forma colegiada, por el equipo docente, atendiendo al grado de consecución de los objetivos y de adquisición de las competencias establecidas y a la valoración de las medidas que favorezcan el progreso del alumnado. Y aunque se dice que «los proyectos educativos de los centros regularán las actuaciones del equipo docente responsable de la evaluación, de acuerdo con lo establecido por las administraciones educativas», lo que supone directrices de las consejerías y un proyecto acordado por el centro, la medida, que no es enteramente nueva ni mucho menos, ofrece inseguridad jurídica y riesgo de desigualdad.
En efecto, como con reiterado lenguaje 'inclusivo' dice el nuevo reglamento, «los alumnos y alumnas promocionarán de curso cuando el equipo docente considere que las materias o ámbitos que, en su caso, pudieran no haber superado, no les impiden seguir con éxito el curso siguiente y se estime que tienen expectativas favorables de recuperación y que dicha promoción beneficiará su evolución académica», aunque tengan evaluación negativa en más de dos materias. Y aunque éstos -lo que suele omitirse- deban seguir «los planes de refuerzo que establezca el equipo docente» y «superar las evaluaciones correspondientes a dichos planes», lo que será tenido «en cuenta a los efectos de promoción y titulación», el hecho es que, nuevamente, el título de la ESO lo obtendrán quienes, al terminar los cuatro cursos «hayan adquirido, a juicio del equipo docente, las competencias clave establecidas en el perfil de salida y alcanzado los objetivos de la etapa» (nuevos palabros a incorporar al léxico académico), previa decisión colegiada, en este caso, del profesorado del estudiante, aunque puedan aprobarse orientaciones desde la Administración educativa.
Personalmente -y no puedo extenderme- creo que es una pena que no se apliquen en este ámbito, pese a expresiones sucedáneas, principios de capacidad y mérito, como se exige en el acceso al empleo público y que haya tan amplia dosis de discrecionalidad en los equipos docentes, sin garantía previa de la inexcusable motivación jurídica, ante lo que puede conducir a claras desigualdades entre alumnos, centros y territorios. De ahí a la arbitrariedad, proscrita por la norma fundamental hay sólo un paso.
¡Ah! ¡Es verdad que la Constitución puede seguir siendo desconocida y no sólo entre los alumnos!
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