Secciones
Servicios
Destacamos
Pasar la ITV supone un reto para muchos conductores que no son conscientes de pequeños fallos que arrastra el vehículo hasta que no llega la hora de pasar la inspección. Por eso son muchos los que acuden a un taller especializado para revisar que todo está en orden y conseguir un resultado favorable. Esta prueba cada vez se endurece más con el paso del tiempo, y este 2022 la nueva normativa no lo pone nada fácil para algunos usuarios.
El endurecimiento de la ley sobre emisiones contaminantes ha provocado un mayor número de rechazos en las inspecciones. Según un informe de la Comunidad de Madrid, el 51% de coches suspenden por este motivo,es decir, la mitad. En la actualidad, existen distintos niveles máximos de emisiones dependiendo de la fecha de matriculación del vehículo. Según el portal autopista.es son las siguientes:
- Pruebas para motores de gasolina: A medida que pasan los años, la prueba de emisión de carbono es más exigente. Los matriculados antes de 1986 tienen un límite del 5%. Sin embargo, los matriculados desde 2002 tan solo un 0,3%.
- Pruebas para motores diésel: Se miden las emisiones de los matriculados a partir de 1980. Los valores máximos de opacidad van de 3,0m a 0,7m, este último correspondiente a los motores Euro VI, los últimos en el mercado.
- Pruebas para motores desde nivel Euro 5/V: Además de las dos pruebas anteriores, se comprueba si los motores presentan errores que no estén indicados en el cuadro de mando.
Será a partir de 2035 cuando entrará en vigor la normativa que prohíbe la venta de vehículos de combustión en Europa para reducir a cero las emisiones de CO2 permitidas. Además, en 2023, las ciudades de más de 50.000 habitantes y los territorios insulares –junto a localidades con episodios de alta contaminación que superen los 20.000 habitantes– deberán contar, obligatoriamente, con zonas de bajas emisiones, según recoge la Ley de Cambio Climático y Transición Energética.
Más noticias
- Circular con la ITV desfavorable supone una multa de 200 euros. En este supuesto, el titular del vehículo está obligado a reparar los defectos graves y volver a la estación de ITV, en un plazo máximo de dos meses, para comprobar la subsanación de dichos defectos.
-Circular con una ITV negativa acarrea una sanción de 500 euros. En estos casos, el vehículo no está autorizado a abandonar la estación de ITV por medios propios, sino que tendrá que hacerlo transportado por una grúa hasta el lugar de reparación y volver a la estación ITV, en un plazo máximo de dos meses, para comprobar la subsanación de los defectos.
- Tener la ITV caducada, es decir, tanto circular con el vehículo como tenerlo estacionado en el garaje o en la calle sin haber realizado la inspección técnica en la fecha en la que le correspondía acarrea una sanción económica de 200 euros y la obligación inmediata de realizar la ITV.
Publicidad
Publicidad
Te puede interesar
Publicidad
Publicidad
Esta funcionalidad es exclusiva para suscriptores.
Reporta un error en esta noticia
Comentar es una ventaja exclusiva para suscriptores
¿Ya eres suscriptor?
Inicia sesiónNecesitas ser suscriptor para poder votar.