Mantener el motor del coche encendido cuando estamos parados puede salirnos caro y no solamente por el gasto en combustible. La Dirección General de Tráfico (DGT) lleva tiempo trabajando en la reforma de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial con el objetivo de revisar e implementar nuevas sanciones para aumentar la seguridad en las carreteras.
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Esta norma deberá ser aprobada en el Congreso de los Diputados a partir de septiembre y si logra el visto bueno de los diputados, entrarán en vigor una serie de cambios. Entre las novedades se encuentra una nueva sanción enmarcada dentro del apartado de «perjuicios al medioambiente».
El futuro texto legal explica que «el usuario de la vía está obligado a comportarse de forma que no entorpezca indebidamente la circulación, ni cause peligro, perjuicios o molestias innecesarias a las personas o daños a los bienes o al medioambiente». Por lo tanto, de aprobarse la norma en las Cortes, la DGT podrá multar a quienes no apaguen el motor del vehículo cuando estén parados durante un periodo prolongado de tiempo.
Se trata de una medida que ya se aplica en Madrid, donde la sanción por esta infracción leve asciende a los cien euros. Allí la norma dice que «quien conduzca deberá apagar el motor desde el inicio del estacionamiento, aun cuando permanezca en el interior del vehículo».
Evidentemente, están exentas de la sanción las paradas reglamentarias en semáforos o atascos, pero sí se aplicará cuando se deje el vehículo encendido al estacionar en doble fila, aunque el conductor se encuentre dentro.
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