DGT | Rebajas y plazos para pagar multas de Tráfico

Comprueba el tiempo que tienes para abonar las sanciones de Tráfico

EL Comercio

Gijón

Miércoles, 10 de marzo 2021, 01:28

Nadie está a salvo de una posible sanción de Tráfico. En el caso de que recibas en tu buzón una multa, lo primero que debes comprobar es de que organismo se trata. Puede que se trate de la Dirección General de Tráfico, ... pero también pueden llegar notificaciones de sanción por parte de ayuntamientos o comunidades autónomas. Te vendrá bien conocer la procedencia de dicha multa para presentar alegaciones o pagarla.

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El pago de la multa puede realizarse a través de varios canales. A continuación te detallamos cuáles son:

1.Presencial:

- En cualquier oficina de Correos, en efectivo o tarjeta, pagando una tasa adicional de 2,25 euros más el 1,5% de la cantidad de la multa.

- Sucursales y cajeros de Caixabank: con tarjeta o efectivo.

- Oficinas de Tráfico: en este organismo no admiten el pago en métalico, así que será preciso utilizar la tarjeta de crédito o débito.

2. Por Internet

Para abonar las multas por este canal será preciso disponer del número de expediente y de la fecha de notificación. La fecha de notificación es el día que te la entrega en mano la Guardia Civil o cuando te llega a tu domicilio. Hay otro método que puede resultarte más cómodo y es escaneando el código QR que se halla en la sanción.

Hay que introducir el importe total de la multa, sin tener en cuenta la reducción del 50% y te mostarán lo que está pendiente de pago.

Al acceder con identificación previa puedes estar al tanto de todo el historial de sanciones y de lo que tienes aún por pagar.

Por teléfono

El número habilitado para dicho servicio es el 060. Se trata de un sistema de atención automático, que funciona las 24 horas del día y que permite hacer el abono con tárjeta de débito o crédito. Para los que se encuentran fuera de España pueden contactar a través del número +34 902 887 060.

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Pagar el 50% de la multa

Ante una multa existen dos posibilidades. Abonar la sanción o alegar en caso de no estar conforme con la infracción.

En el caso de que te llegue una multa de Tráfico y optas por pagarla dentro del periodo considerado como voluntario, que hace referencia a los siguientes veinte días naturales a la notificación de la denuncia, contarás con la posibilidad de obtener una reducción del 50% en la mayor parte de los casos.

Una vez que se rebase este periodo voluntario, entrará en vigor el ordinario, que se alarga hasta los 45 días desde que llega la notificación. Será aquí cuando al infractor deba abonart el 100% de la multa.

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En el caso de que alcance el periodo ordinario y no se abone la sanción, será la Agencia Tributaria la encargada de cobrarla, pero lo hará con un recargo del 20%. Y además no permitirán su fraccionamiento.

Hay que recordar que al pagar en el periodo voluntario nos beneficiamos de una rebaja del 50%, pero también se entiende que renunciamos a presentar una reclamación. Así que cualquier alegación que se presente tras abonar la sanción en el periodo voluntario no tendrá ningún tipo de validez.

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