![DGT: las nuevas normas de tráfico que entran en vigor en 2021](https://s3.ppllstatics.com/elcomercio/www/multimedia/202101/01/media/cortadas/dgt-trafico-efe-kpkH-U130100527262uqH-1248x770@El%20Comercio.jpg)
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El Gobierno aprobó a finales de noviembre una serie de modificaciones del reglamento de circulación que entran en vigor este año. Los cambios, que se aplicarán de forma paulatina, hacen referencia, sobre todo, a la seguridad y la velocidad de conducción y su objetivo es reducir la siniestralidad en las carreteras. Repasamos aquí los principales cambios.
La nueva normativa reduce a 20 kilómetros por hora la velocidad máxima permitida en las calles que tengan la calzada y las acera al mismo nivel, a 30 km/hora en las vías que tengan un único carril por sentido y en las de dos o más carriles, a 50 km/hora. Es medida entrará en vigor en el mes de mayo.
Hasta ahora, al adelantar, los turismos y motocicletas podían superar en 20 km/hora la velocidad máxima permitida en la vía, una posibilidad que ahora se suprime.
La normativa de Tráfico regula a partir de este mes la circulación con patinetes eléctricos o vehículos de movilidad personal, que no podrán usarse por las aceras y zonas peatonales y solo podrán circular por ciudad, eso sí, a una velocidad máxima de 25 kilómetros por hora.
El Gobierno ha cambiado el régimen sancionador a aplicar por el uso del móvil mientras de conduce. Hasta ahora, un conductor sorprendido con el teléfono en la mano perdía tres puntos del carné y 200 euros; a partir del 2 de enero, la sanción será de seis puntos (infracción muy grave) y la multa se elevará a 500 euros.
No llevar cinturón de seguridad, casco o sistemas de retención infantil supondrá la pérdida de cuatro puntos del carné.
Se tipificará como infracción grave el hecho de llevar dispositivos de detección de radares, con una multa de 200 euros y la pérdida de tres puntos.
Se reduce de 21 a 18 años la edad mínima para conducir camiones teniendo aprobado el Certificado de Aptitud Profesional (CAP) de 280 horas de duración. Además, se baja a 18 años la edad mínima para conducir autocares, pero sin pasajeros y en un radio máximo de 50 km. Solo a partir de los 21 años y con el CAP de 280 horas se podrán llevar pasajeros.
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