Olvidar la fecha de caducidad del carnet de conducir es algo que puede ocurrir con facilidad y las multas para estos despistes pueden alcanzar los 200 euros. Para evitar estas sanciones y mantener la seguridad vial conviene mantener al día nuestra documentación, pero ¿cada cuánto hace falta renovar el carnet de conducir?
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Hasta los 65 años: cada 10 años
Mayores de 65 años: cada 5 años
Mayores de 70 años: cada 2 años
Para renovar nuestra licencia de circulación es necesario acudir al Centro de Reconocimiento Médico, donde se realizará el exámen psicotécnico esencial para obtener el permiso. El coste será de 24,58 euros para todos los conductores menores de 70 años. Aquellas personas que superen dicha edad y quieran renovar su carnet de conducir podrán hacerlo de forma gartuita, ya que solamente tendrán que abonar la cantidad requerida por el reconocimiento médico.
Otra duda recurrente es si puede renovarse antes de la fecha indicada y la respuesta es afirmativa. La DGT establece que el trámite puede hacerse con tres meses de antelación, aunque el nuevo documento solo tendrá validez una vez caducado en antiguo. Si el conductor perdió todos los puntos no podrá renovarlo.
Para obtener o renovar el permiso de circulación es necesario pasar un test médico psicotécnico, en el que se miden las facultades y reflejos del individuo. Uno de los aspectos más importantes de este exámen es el referente a la vista, ya que aquellos conductores que deban llevar gafas o lentillas tendrán en sus futuros carnets un número que indique a las autoridades este factor.
En el punto '12' del documento aparecerá, en el caso de las personas con problemas de visión, un número. Si el conductor no necesita gafas o lentillas el espacio estará vacío. Si junto al número 12 hay un 01, este implica problemas de visión que deberán subsanarse durante la conducción. El carnet de conducir indica también si el usuario suele llevar gafas o lentillas: Si pone 01.01 debe llevar gafas, 01.02 implica el uso de lentillas y, 01.06 se destina a los casos en los que el conductor alterna el uso de una y otra.
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Para estos conductores, circular sin gafas o lentillas podría suponer una multa de hasta 200 euros.
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