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El pasado 16 de marzo el Consejo de Ministros aprobó un proyecto de Ley de Tráfico elaborado por el Ministerio del Interior para incorporar una nueva serie de medidas que mejoran y actualizan el sistema del permiso y la licencia de conducción por puntos. Esta ... modificación cambia el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por el Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre y tiene como objetivo agravar las sanciones para aquellos comportamientos que generan mayor riesgo al volante.
Este proyecto de ley contempla el uso del teléfono al volante, un peligro sobre el que la DGT ha lanzado varias advertencias a través de sus redes sociales. Tráfico alerta del peligro que puede suponer manipular este tipo de dispositivos mientras se conduce y puntualiza que una de cada dos denuncias en la última campaña de control fueron por uso del móvil al volante. Además de los peligros a la propia integridad física, la Dirección General de Tráfico recuerda que conducir usando de manera manual teléfonos móviles se considera una infracción grave y acarrea una multa de 200 euros y la pérdida de 3 puntos del carné.
¿Quieres sufrir lesiones?
Dir. Gral. Tráfico (@DGTes) April 26, 2021
¿Perder tal vez la vida?
¿Perder 200 € y 3 puntos del carné?
Es INFRACCIÓN GRAVE conducir utilizando manualmente dispositivos de telefonía móvil, navegadores, auriculares... que disminuyan la atención permanente a la conducción.#ApagaElMóvil pic.twitter.com/BHl1yjVD4M
Con la nueva modificación de ley, esta disminución de los puntos puede aumentar de 3 a 6 una vez se apruebe y será considerado delito incluso cuando se conduzca «sujetando con la mano dispositivos de telefonía móvil» aunque no se esté usando en ese momento.
En última #CampañaControl los agentes formularon 1.395 denuncias por infracciones que provocaban #distracción en la conducción: oficina móvil, lectura, fumar, comer, búsqueda de objetos...
Dir. Gral. Tráfico (@DGTes) May 6, 2021
👉 https://t.co/T5HkQ1CtKn
Al volante 0,0 #Distracción pic.twitter.com/MGfrX6SVnS
El móvil solo puede ser utilizado cuando el coche esté parado en una zona segura, y en ningún caso se considerarán paradas ni estacionamiento, desde un punto de vista legal, las esperas en un semáforo o en un atasco. Además, la ley puntualiza que no será objeto de denuncia si el móvil se sitúa en el salpicadero siempre y cuando se haga uso de un soporte homologado y no se manipule durante la conducción.
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