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El protocolo de actuación que la Consejería de Educación del Principado remite cada año a los centros educativos fue modificado recientemente para detallar aún más el ciberacoso y la discriminación por identidad sexual como dos conductas emergentes. «La creación o difusión de mensajes, comentarios, ... imágenes o vídeos dañinos hacia terceros para su divulgación en redes sociales debe ser considerado como una conducta de acoso», dice el documento.
Este creciente comportamiento hostil y repetitivo se extiende más allá del horario escolar. Sostiene el Principado en el documento que para constatar la existencia de ciberacoso deben confluir varios elementos: que la acción sea continuada en el tiempo; que haya intencionalidad de provocar daño; que exista una desigualdad de poder físico, psicológico y social entre el agresor y la víctima; y que el objetivo del acoso se personalice en una única víctima indefensa.
Así y todo el profesorado -sostiene el documento- deberá diferenciar si se trata de «conflictos puntuales o esporádicos». A este respecto, muchas asociaciones contra el acoso han criticado que muchas denuncias no son tramitadas por los profesores por no ser consideradas de gravedad. No pasan la criba que llevaría el caso a la consejería y a tomar medidas más urgentes e inmediatas.
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Guillermo Maese
Todas las denuncias transmitidas a la consejería deberán llevar consigo toda evidencia que confirme el acoso. Como medidas de urgencia, la dirección del centro deberá desde convocar a la familia hasta constituir un equipo de seguimiento. En todo caso, el centro escolar deberá remitir las evidencias a la consejería en un plazo máximo de cinco días lectivos.
Sobre la discriminación por razones de identidad sexual, el Principado mantiene un protocolo de inmediata intervención del centro si hay consciencia de esta. Asimismo ha habilitado formación al profesorado relacionada con la diversidad afectivo-sexual y su tratamiento educativo para evitar conflictos en los centros.
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