Secciones
Servicios
Destacamos
La comisión de Hacienda aprobó hoy, con el único voto favorable de PSOE e IU, la abstención de Podemos-Equo y el rechazo del resto de grupos municipales la nueva redacción de la ordenanza de plusvalía que el próximo martes se someterá a aprobación definitiva ... en el Pleno. Aunque el equipo de gobierno aceptó parcialmente dos de las enmiendas de Podemos-Equo, transaccionadas para modificar su contenido original, no logró que esta formación votara a favor de la propuesta de ordenanza y tuvo que recurrir al voto de calidad de la presidenta de la comisión de Hacienda, la concejala Marina Pineda, para desempatar una votación que acumulaba tantos 'síes' como 'noes'. El Ayuntamiento estaba obligado a aprobar como muy tarde el 10 de mayo una nueva ordenanza de plusvalía adaptada al Real Decreto de noviembre, que modifica la forma de cálculo de la base imponible de este impuesto para adaptarla a la jurisprudencia marcada por sucesivas sentencias del Tribunal Constitucional en contra de su cobro cuando no exista un incremento de valor de los bienes inmuebles objeto de tributación.
Hasta ahora, para calcular la plusvalía se multiplicaba el valor catastral del suelo en el momento en el que se producía el cambio de titularidad por el número de años que el bien llevaba en manos de su anterior propietario y por un porcentaje que, en función de ese mismo periodo de tiempo, variaba entre el 3,4% (para los de menos de cinco años) y el 2,8% (para los de más de veinte). Al resultado, que representaba la base imponible, se le aplicaba un tipo impositivo del 15%.
Con la nueva redacción, la base imponible se calcula multiplicando el valor del terreno por unos coeficientes predefinidos que varían en función del número de años que acumula el bien bajo la misma propiedad, aunque ya no lo hace de forma lineal para así poder tener en cuenta situaciones como la caída de precios durante la última crisis inmobiliaria. El Real Decreto aprobado en noviembre por el Gobierno central fijaba unos coeficientes máximos para cada periodo de tenencia, que por ejemplo para viviendas cuya tenencia es inferior a un año es del 0,14, para las de menos de cinco años del 0,17, para las de diez años el 0,08, para las de quince años el 0,12 y para las de veinte o más años el 0,45. Aunque los ayuntamientos podían aplicar coeficientes más bajos, el de Gijón ha optado por mantener en su nueva ordenanza de plusvalía esos máximos, a pesar de que varios grupos de la oposición (Ciudadanos, Foro y PP) habían presentado enmiendas a la propuesta inicial de la junta de gobierno, para intentar revisarlos a la baja.
Sí ha habido cambios en lo que respecta al tipo impositivo por el que se multiplica esa base imponible para calcular el recibo final de la plusvalía. En viviendas que acumulen hasta cinco años de propiedad será del 25%, el más alto de los previstos en la ordenanza. La concejala de Hacienda, Marina Pineda, admite que ello supondrá que estos contribuyentes paguen «un poquito más que hasta ahora, pero hablamos de cantidades asumibles de cinco o diez euros» y argumenta que en la venta de viviendas en periodos que van hasta los seis años «es donde está la mayor parte de elementos especulativos» y solo en algunos casos la operación corresponde a herencias. «Solo el 4% de las transmisiones se producen en esos primeros años», indicó.
Si el bien acumula entre seis y veinte años bajo un mismo propietario, para el cálculo de la plusvalía se aplicará un tipo del 22%. Y a partir de los veinte años, «que es el tramo que afecta a la mayor parte de las transmisiones 'mortis causa'», tras aceptar parcialmente una de las enmiendas de Podemos el tipo será del 18% y no del 22% como también planteaba inicialmente la junta de gobierno. Marina Pineda aseguró que con estos nuevos coeficientes y tipos «a partir del séptimo año se reducirá el impuesto con respecto a lo que se pagaba hasta ahora». Una circunstancia que se dejará notar en los ingresos municipales, al reducirse la recaudación por este impuesto «entre uno y dos millones de euros».
La segunda enmienda aceptaba a Podemos-Equo, aunque solo parcialmente, permitirá una rebaja del impuesto en las operaciones referentes a la herencia de pequeños negocios familiares. Será del 95% cuando el valor catastral del bien ser inferior a 47.500 euros y del 75% si está entre esa cifra y los 66.000 euros.
¿Ya eres suscriptor/a? Inicia sesión
Publicidad
Publicidad
Te puede interesar
Publicidad
Publicidad
Esta funcionalidad es exclusiva para suscriptores.
Reporta un error en esta noticia
Comentar es una ventaja exclusiva para suscriptores
¿Ya eres suscriptor?
Inicia sesiónNecesitas ser suscriptor para poder votar.