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OLAYA SUÁREZ
GIJÓN.
Lunes, 26 de octubre 2020, 00:18
No residir en la misma ciudad no es argumento para no tener una custodia compartida. El juzgado ha dado la razón a un padre que solicitaba poder tener a su hijo de tres años en semanas alternas, compartiendo la custodia con su expareja. Él vive en Avilés y la madre del menor en Gijón, donde está escolarizado el niño. El tribunal de la Audiencia Provincial de Asturias no entiende que los 28 kilómetros que separan ambas ciudades sean impedimento para conceder la custodia únicamente a la madre, como había determinado el juzgado en primera instancia.
«La jurisprudencia señala la inconveniencia del régimen de custodia compartida en casos de gran distancia entre los progenitores con menores en edad escolar, porque produciría el desarraigo del menor, su sometimiento a cambios intermitentes de colegios y de sistema sanitario», recoge la resolución del recurso de apelación.
Sin embargo, «en el presente caso, la distancia entre ambas localidades no es excesiva (28 kilómetros), las comunicaciones son buenas (autopista, tren y servicios de autobús), de forma que la incomodidad que provoca aquella gran distancia es incluso menor que la que pudiera originarse entre dos barrios distintos de una gran ciudad, por lo que nada impide que el recurrente traslade al menor a la escuela donde cursa sus estudios», abunda el fallo judicial, que sienta jurisprudencia en la región.
La Justicia da la razón a la parte recurrente, representada por la abogada Gemma González Calvo, y concede al padre del menor la custodia compartida, con semanas alternas. Durante la semana que viva en Avilés, su progenitor deberá llevarlo a diario al colegio de Gijón en el que cursa los estudios y recogerlo luego.
Lamadre alegaba además del cambio de residencia de Avilés a Gijón, que el padre tenía problemas de horario debido a su trabajo en el área de urgencias de un hospital, si bien el tribunal que ha revisado el recurso considera que tal problemática no existe y le concede la custodia compartida.
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