El Tribunal de Cuentas concluye que el sobrecoste de El Musel fue legal y ahorró dinero

Rechaza que Rexach y Díaz Rato deban pagar los 135 millones que ocasionó traer la piedra de más lejos

Ramón Muñiz

Gijón

Jueves, 3 de diciembre 2020, 16:31

El sobrecoste de 135 millones pagado por El Musel para traer materia pétreo con el que avanzar las obras de ampliación fue legal y no perjudicó al erario público. Esa fue la conclusión a la que llegó una instructora del Tribunal de Cuentas tras ... analizar el caso, que confirmó luego una consejera del mismo departamento el año pasado, y que ahora ratifica su Sala de Justicia. En una sentencia que acaba de dictar, tumba los recursos de la Fiscalía y el Abogado del Estado, que pretendían que ese dinero lo repusieran de su propio bolsillo los máximos responsables de la Autoridad Portuaria durante las obras, el expresidente Fernando Menéndez Rexach y su entonces director general, José Luis Díaz Rato.

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Las acusaciones sostenían que el sobrecoste no fue bien tramitado, carecía de amparo legal, y que de haber sido diligentes, Menéndez Rexach y Díaz Rato tenían que haber parado las obras, rescindido el contrato y rehecho el proyecto. Los abogados defensores, Agustín Azparren y Viliulfo Díaz respectativamente, siempre insistieron que de haber detenido los trabajos, el material de relleno ya volcado para el nuevo dique se lo hubiera llevado el mar. En el juicio, el fiscal llegó a asumir que eso hubiera sido mejor para el erario público que terminar la ampliación del puerto.

La sentencia de la Sala de Justicia desmonta las acusaciones. Es cierto que las obras se lanzaron con un presupuesto calculado con la idea de que el material pétreo se obtuviera fundamentalmente de la cantera de Aboño, cercana a El Musel y por tanto, con unos costes de transporte más ventajosos. Pero una vez asumido que la dueña de la explotación, Edp, no dejaba utilizarla, la Autoridad Portuaria accedió a que las empresas constructoras fueran a por el material más lejos, asumiendo el sobreprecio de ese transporte.

«No se ha probado que el incremento de precios producido por el cambio de las canteras suministradoras de los materiales pétreos, que recoge el Proyecto Modificado de las Obras, haya originado un menoscabo en los fondos públicos», concluye la sentencia. El Tribunal de Cuentas recuerda que la empresa American Appraisal hizo una tasación final del dique «en la que se pone de manifiesto el beneficio que pudo suponer para el erario público el Proyecto Modificado de las obras, con un ahorro estimado de 92.293.811,67 euros». El trabajo de la empresa americana estima que la zona ampliada tiene un valor contable de 801 millones, pese a que la inversión ejecutada fue de 708,78 millones. Por la obra se habría pagado menos de lo que vale. La Fiscalía dijo preferir que se hubiera rescindido el encargo pero «no se ha justificado que hubiese sido menos oneroso dada la complejidad de la obra contratada y la situación» de las obras, responde la sentencia.

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Además de salvar fondos públicos, la gestión que se hizo del sobrecoste cumplió con la legalidad vigente, según explica el Tribunal de Cuentas. «Los pagos que fueron ordenados por el concepto de materiales pétreos empleados en la obra derivan de un documento valido y eficaz», la posibilidad de activar un modificado «en el contrato estaba prevista» en las propias clausulas del mismo» y para calcular las toneladas de material pétreo que había que pagar se recurrió a «las unidades de obra ejecutada y no a los camiones que eran necesarios». Es decir, se respetaron todas las formalidades y la Sala de Justicia no encuentra motivo que reprochar a los dos acusados.

La sentencia cierra el 'caso Musel' dentro del Tribunal de Cuentas, si bien contra la misma la Fiscalía y el Abogado del Estado pueden interponer recurso de casación en el Tribunal Supremo. De no hacerlo, quedará archivada la única causa en la que existía alguna posibilidad de que los responsables de las obras tuvieran que aportar dinero. En la Audiencia Nacional se sigue otro pleito, que está en fase de preparación del juicio, pero donde la malversación es un delito que ya se descartó, por lo que el debate ha quedado reducido a una posible prevaricación y fraude y las penas, en caso de condena, serían de prisión e inhabilitación, pero no económicas.

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