Celestino V. G., durante el juicio celebrado en noviembre de 2019. P. UCHA

El Supremo rebaja de 12 a 5 años la condena al autor de la muerte de Silvia Hernández

La condena reconoce lesiones imprudentes con resultado de muerte. El acusado ya ha cumplido la mitad de la pena impuesta

Martes, 19 de julio 2022, 19:40

«Ni la quiso matar ni la dejó morir». Con esta frase resumió este martes el letrado Enrique Lamadrid, del despacho de Garaya y Abogados, la sentencia que rebaja la pena de prisión de su defendido, Celestino G. V., de 12 a 5 años, acusado del homicidio de su pareja, Silvia Hernández ... , ocurrida hace seis años en el barrio de Roces. La condena reconoce lesiones imprudentes con resultado de muerte, cuya condena máxima es de un lustro.

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Los hechos se remontan a marzo de 2016 cuando en la madrugada del día 13, en torno a las 4 horas, se produjo junto a la entrada de la vivienda de la pareja un incidente violento entre ambos, que concluyó con el ataque por parte del acusado a Silvia, con dos pinchazos con un cuchillo. Uno de ellos le llegó a perforar el pulmón izquierdo y el otro le perforó el estómago. En la sentencia inicial se refleja que Celestino se desentendió de ella y no le prestó asistencia ni le procuró atención médica durante todas las horas que pasaron, a lo largo de las cuales Silvia fue empeorando hasta que finalmente murió. A raíz de estos hechos, se celebró un primer juicio con jurado popular que dictó condena a Celestino por homicidio imprudente, condenándole a doce años y medio de cárcel por causarle muerte violenta a su novia. El abogado defensor alegó «lagunas» ante el Tribunal Superior de Justicia de Asturias y reflejó que no se tuvieron en cuenta los informes de los médicos forenses que acreditaban la inocencia del procesado.

Revisar las grabaciones

Se repitió el juicio, de nuevo con jurado popular que sentenció un delito de 'comisión por omisión' (no hacer nada para impedir que la víctima fallezca a raíz de las heridas producidas por el cuchillo esgrimido por el atacante) y la defensa insistió en la necesidad de revisar la grabación del juicio para analizar los hechos con mayor detenimiento. Tras esta sentencia, se apeló al Tribunal Supremo y se dictó la sentencia que se acaba de conocer en la que el acusado, que cumplió ya más de la mitad de la condena, ha de cumplir unos dos años de pena. La víctima, de 34 años, murió por una hemorragia interna provocada por dos pinchazos de un centímetro de profundidad, causados con un cuchillo en el costado y que le perforaron el estómago. Según el acusado, la mujer intentó suicidarse cortándose las venas con un cuchillo, por lo que él forcejeó con su novia para arrebatarle el arma, momento en el que se habría producido los pinchazos.

En la sentencia queda reflejada la discrepancia del magistrado Julián Sánchez Melgar frente a la sentencia dictada, que matiza que «los hechos son tan simples como trágicos» e insiste en que «en los hechos probados se relata un terrible suceso que se enmarca desgraciadamente en tantas y tantas secuencias de violencia de género, en los cuales el acusado acaba con la vida de una mujer, ligada con el agresor por una relación matrimonial o de pareja estable, como esto último aquí ocurría». Su disconformidad se basa, dice, en que «en el caso del homicidio, matar es equivalente a «dejar morir. Pues en ambos casos, no solo el sujeto es consciente del peligro, sino que acepta el resultado y obra en consecuencia». El magistrado asegura que «las posibilidades de auto-atención de la fallecida estaban condicionadas porque Silvia Hernández Álvarez tenía reconocido un grado total de discapacidad psíquica del 70 por 100, razón por la cual no solamente dependía de su pareja para ser atendida en un centro sanitario, sino que la acción del acusado se incrementaba en su crueldad aún más, por dicha circunstancia».

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