o. suárez / i. villar
Jueves, 15 de septiembre 2022
El juzgado tumba la contratación del proyecto del Ayuntamiento para la renaturalización del río Piles y la supresión del anillo navegable. La jueza de lo Contencioso Administrativo 1 de Gijón, Estefanía López Muñoz, la misma que ordenó la reapertura del Muro al tráfico el pasado ... mes de mayo, estima las pretensiones del Real Grupo de Cultura Covadonga al considerar que el proyecto municipal para la renaturalización del río incumple los acuerdos plenarios del 15 de enero de 2020 y del 24 de marzo de 2021.
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Se contemplaban en esas resoluciones que el cierre del anillo navegable no fuera definitivo, sino temporal. La sentencia apunta a que se incumplen los acuerdo, sin ofrecer una motivación específica que razone ese cambio de criterio en orden de eliminación del anillo.
«Los acuerdos municipales consistían en admitir que el cierre del anillo navegable fuera temporal, para eliminar vertidos, y, después, estudiar la reapertura condicionada al cumplimiento de las correspondientes garantías de salubridad», recoge la sentencia a la que ha tenido acceso EL COMERCIO. «No solo se hacían necesarios estudios alternativos como el ordenado, sino una actuación tendente a la posible y futura reapertura del anillo que, en caso de que fuera imposible por razones de salubridad, ambientales u otras, debería de haberse motivado», añade.
La jueza considera que en esos acuerdos plenarios se preveía el estudio de alternativas para la ubicación de un nuevo espacio para la práctica deportiva, como se ha efectuado con el proyecto contractual, pero «no se excluía tajante y permanentemente el cierre del anillo navegable para la práctica de piragüismo, cuyo cierre era solo temporal y venía condicionado por razones de vertidos».
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El Real Grupo Covadonga interpuso un recuso impugnando el contrato adjudicado a la ingeniería Magna Dea y la consultora ambiental Taxus para la redacción del estudio y del proyecto de ejecución de las obras necesarias para la rehabilitación y renaturalización del curso bajo de los ríos Piles y Peñafrancia. El Ayuntamiento preveía invertir 4,5 millones de euro, a cargo, principalmente, de los fondos europeos. Fue presentado a la ciudadanía en marzo y ya entonces se recogía la supresión de forma definitiva de las compuertas del anillo navegable.
«Los pliegos de contratación han orientado la renaturalización del Piles con eliminación de dicho anillo y reordenando la práctica del piragüismo a otro lugar, todo ello separándose de los acuerdos municipales en los que se contemplaba que el cierre del anillo navegable no fuera definitivo, sino temporal, sin ofrecer una motivación específica que razonara este cambio de criterio», abunda el fallo judicial, para añadir: «No se razona específicamente el motivo por el que se va a pasar del cierre temporal del anillo a un modelo de eliminación del anillo navegable sobre el que se viene practicando el piragüismo».
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La sentencia del juzgado de lo Contencioso Administrativo 1 no es firme, cabe recurso de apelación. El Ayuntamiento había solicitado al juzgado la inadmisión del recurso argumentando que el Grupo carece de interés legítimo para impugnar unos acuerdos municipales que tienen por objeto la contratación de un estudio y proyectos de obras por razones medioambientales. La jueza desestimo ese argumento y ahora estima las pretensiones del Grupo Covadonga.
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