Borrar

Condenado a indemnizar con 10.000 euros a su exnovia por contagiarle la hepatitis B

El juez considera probado que el hombre conocía que era portador del virus y no alertó a su pareja ni tomó medidas para evitar la transmisión

OLAYA SUÁREZ

GIJÓN.

Martes, 17 de septiembre 2019, 02:32

La Sección Séptima de la Audiencia Provincial condena a un hombre a indemnizar con 10.000 euros a su exnovia por contagiarle la hepatitis B que, según queda acreditado en la sentencia, le ocultó que padecía. En la cuantía fijada en el fallo judicial se tienen en cuenta tantos los daños corporales sufridos (dos días de hospitalización y 141 días de baja laboral), como los daños morales ocasionados.

Debido a la transmisión de la hepatitis B, la mujer sufrió «ansiedad, zozobra y estrés, tanto por el temor de poder contagiar a otras personas, como por el posible rechazo social que la enfermedad generase, como también por el propio hecho de que quien le contagia es la persona con la que mantiene una relación sentimental».

La demandante, representada en el procedimiento judicial por la abogada Paula Cienfuegos García, consiguió demostrar que durante el tiempo que mantuvo la relación sentimental con el procesado, que se prolongó desde el 1 de noviembre hasta el 31 de abril de 2017, este no la habría informado que era portador del virus, por lo que no utilizaron medios para evitar el contagio en sus relaciones íntimas.

El acusado recurrió la sentencia del juzgado de Primera Instancia número 3 de Gijón alegando varios aspectos: que la relación con la mujer «no era estable ni formal», que siempre utilizaba «medidas de prevención, inclusive por su propia seguridad» y que la mujer «es una persona adulta, y por ende, responsable de no evitar los riesgos de un posible contagio, lo que determinaría, en su caso, de una 'culpa compartida'». Añadía en el recurso de apelación que la mujer «podía haber sido contagaiada con carácter previo a dicha relación, máximo cuando la mujer había admitido contar previamente con otras amistades».

El tribunal de la Sección Séptima de la Audiencia Provincial, con sede en Gijón, rechaza esos argumentos. «Se desprende de la documental médica incorporada a las actuaciones que es 'portador crónico activo', habiendo estado sometido a numerosos controles de los que se hace eco el informe pericial emitido por el facultativo médico para incidir en tal condición y que, en atención a lo expuesto, no podía desconocer el demandado, así como la necesidad de adoptar medidas de prevención en las relaciones sexuales, habiendo sido advertido médicamente sobre ese punto», detalla la sentencia.

Periodo de incubación

Considera la resolución que«también ha quedado probado, como manifestó el citado perito y que no se discute en el recurso, que teniendo en cuenta el periodo de incubación de la enfermedad, entre 30 y 180 días y la fecha que tuvo lugar la infección de la mujer, que la transmisión ha tenido lugar en el periodo de la relación entre las partes».

«Entendemos plenamente acreditado que el demandado era conocedor de su condición de portador de virus de la hepatitis B y, por ende, de ser una persona potencialmente contagiosa, como se trasluce del contenido de la documental médica analizada, habiendo sido informado de los riesgos de dicha transmisión y de las medidas a adoptar en sus relaciones sexuales», sentencia.

Esta funcionalidad es exclusiva para suscriptores.

Reporta un error en esta noticia

* Campos obligatorios

elcomercio Condenado a indemnizar con 10.000 euros a su exnovia por contagiarle la hepatitis B