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ANDRÉS PRESEDO
Gijón.
Viernes, 13 de marzo 2020, 01:40
Un año y tres meses de prisión y 3.000 euros de indemnización. Es la condena que le impone el magistrado del juzgado de lo penal número 1 de Gijón, Lino Rubio Mayo, al exconcejal de Izquierda Unida Jesús Montes Estrada 'Churruca' por un ... delito continuado de calumnias con publicidad hacia la exdirectora del teatro Jovellanos, Teresa Sánchez.
El juez asegura que el acusado no puede amparase en la libertad de expresión para acusar a la demandante de un delito de falso testimonio, ni tan siquiera por su condición, cuando sucedieron los hechos, de cargo político de la misma, y cita expresamente en la sentencia que «es importante tomar en consideración que los hechos denunciados se refieren a la actuación de una persona que ejerce funciones públicas no como tal, sino referidas a su intervención como testigo en una causa penal».
Los hechos que originaron la querella criminal presentada el 24 de enero de 2017 por Teresa Sánchez contra Jesús Montes Estrada se remontan al 2 de noviembre de 2016, cuando 'Churruca' manifestó públicamente que Teresa Sánchez, al declarar ante el Tribunal Superior de Justicia de Asturias en el juicio a los 'nueve del Jovellanos' «había mentido de manera exagerada y añadiendo que si la gente, los concentraos, insultábamos a los que veían, escupíamos a los chiquillos y no sé qué pila de barbaridades más». Días después, el 26 de noviembre de 2016, en ello basa el magistrado el delito continuado, Montes Estrada reiteraba: «No nos podemos creer que una mujer que es capaz de mentir en su declaración ante el TSJA deba estar al frente de una institución pública y más de la magnitud del Teatro Jovellanos».
El desarrollo del proceso judicial se prolongó más de tres años hasta que hace dos semanas se celebró la vista oral con la sentencia final antes mencionada. En ella, el juez condena a Montes Estrada «como autor criminalmente responsable de un delito continuado de calumnias, con publicidad» a un año, tres meses y un día de prisión, inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena; a que indemnice a Teresa Sánchez con 3.000 euros, al pago de las costas y que, una vez que la sentencia sea firme, ya que puede ser recurrida, «se procederá a su divulgación».
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