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La Audiencia Provincial ha desestimado el recurso interpuesto por el gijonés que fue condenado a 18 meses de prisión por causarle la muerte en junio de 2021 al hijo de su pareja, de dos años, por el 'síndrome del zarandeo'. Alegaba una vulneración del derecho a la presunción de inocencia y una vulneración del principio 'in dubo pro reo'.
Sin embargo, el tribunal de la Sección Octava de la Audiencia Provincial considera que «contamos con múltiples y diversos elementos de cargo que constatan la realidad del negligente comportamiento desarrollado por el recurrente, fundamentalmente representados por la muy prolija documentación médica desgranada por el órgano sentenciador a lo largo de la resolución y, en correlación con ello, por el personal sanitario que atendió al menor fallecido y que desarrollaron en el pleno». «Estamos en presencia, en suma, de una conclusión inculpatoria en relación con la que no existe prueba directa, pero sí de naturaleza indiciaria, apreciándose la concurrencia de todos los requisitos jurisprudencialmente exigidos para el pronunciamiento condenatorio», añade el fallo judicial.
El juez del Penal número 1 de Gijón consideró en su sentencia que existían pruebas concluyentes para determinar que Raúl V. B. había sacudido al menor cuando lo tenía a su cuidado en el piso que compartía con la madre en Ceares. Fue condenado por un delito de homicidio imprudente. «Nunca pegué al pequeño, me llamaba incluso papá, lo cuidaba, lo bañaba, lo llevaba al parque...», relató durante el juicio celebrado ante el juez.
«Presentaba evidencias y signos clínicos muy floridos y característicos del niño zarandeado: hemorragias intracraneales, hemorragias oculares, encefalopatía características que son incompatibles con otro tipo de lesiones», declararon los médicos del Hospital Universitario Central (HUCA) que intentaron salvarle la vida al niño. Ingresó en estado de extrema gravedad por las lesiones neurológicas que sufrió. Los que alertaron del estado en el que se encontraba el menor fueron los abuelos maternos cuando llegaron a la casa del acusado a hacerse cargo del niño, como hacían de forma habitual mientras la madre trabajaba.
El pequeño estaba semiiconsciente, acostado en su habitación y emitiendo pequeños quejidos. El procesado se encontraba en otra estancia, ajeno a lo que estaba ocurriendo. Los sanitarios del SAMU que lo atendieron lo llevaron inicialmente al Hospital de Cabueñes, si bien su gravedad motivó su traslado al HUCA. Murió tres días después por las lesiones neurológicas. La madre y el padre del niño estaban separados desde hacía tiempo. El padre ejerció la acusación particular y pidió cárcel para el acusado. La madre del pequeño, sin embargo, declaró en defensa del procesado. Deberá ahora indemnizar a cada uno de los padres con 90.000 euros.
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