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Cantera de Aboño.
El Puerto de Gijón «favoreció» a HC en el contrato de la cantera

El Puerto de Gijón «favoreció» a HC en el contrato de la cantera

La CE asegura que el pliego de condiciones para la obra de ampliación de El Musel «incitó» al uso de los áridos de Aboño

MARCO MENÉNDEZ

Miércoles, 5 de noviembre 2014, 03:58

«La cantera de Aboño -propiedad de Hidrocantábrico- fue claramente favorecida por la Autoridad Portuaria» en el proceso de adjudicación de la obra de ampliación de El Musel. Así de taxativo es el documento elaborado por la Dirección General de Política Regional y Urbana de la Comisión Europea en el que respalda la petición de la Oficina de Lucha contra el Fraude (OLAF) para que se devuelvan los 198 millones de euros concedidos como subvención a esta actuación, al tiempo que no se abonen los 49,5 millones aún pendientes.

La CE apunta que la Autoridad Portuaria «incitó» a los licitadores de la obra a la utilización de la citada cantera después de que los responsables del puerto incluyeran una responsabilidad solidaria frente a HC que permitiría que «un eventual incremento del coste del material pétreo sea cubierto por la Autoridad Portuaria y no por el contratista».

Esta es una de las principales irregularidades que en materia de las canteras de las que se sacó el material para la obra de ampliación encontraron los inspectores de la OLAF y que ahora hacen suyas los responsables de la CE, que también critican que el canon a pagar por el material extraído «se medirá por medición posterior a la licitación».

Violado el tratado de la UE

Según las autoridades comunitarias, en ese proceso se han violado varios artículos del tratado de funcionamiento de la Unión Europea, como son, entre otros, los referentes a beneficiar a una empresa o también «favorecer el suministro de material nacional». La CE apunta que se impidió que «los licitadores adquieran materiales en otros Estados miembros», a los que considera «discriminados».

Pero desde Europa se pone más hincapié en que «se utilizó material proveniente de la cantera de Aboño, es decir, con una procedencia determinada, que no resultaba indispensable para el objeto del contrato». También critica el hecho de que la Autoridad Portuaria asumiera el pago de posibles modificaciones en los precios de los áridos, pues ese sistema «permite a los licitadores que utilizan la cantera de Aboño presentar sus ofertas sin deber tener en cuenta el precio real de las canteras, ya que el canon de explotación se negocia posteriormente con el adjudicatario. Sin embargo, los licitadores que ofrecían materiales de otra cantera, como fue el caso del licitador que presentó la oferta más baja, no gozaban de esta posibilidad».

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