Vista general de las instalaciones del Centro Asturiano en Mareo.

El Grupo de Cultura Covadonga pide la nulidad de la inscripción en el registro del patrimonio del Centro

Esgrime un certificado del Principado en el que indica que no ha dado de baja al Centro Asturiano para negar «cualquier tipo de eficacia» a la fusión

NACHO PRIETO

Sábado, 11 de octubre 2014, 00:17

El Real Grupo de Cultura Covadonga ha presentado «la solicitud de nulidad de las inscripciones indebidamente practicadas en los Registros de la Propiedad en el que obran inscritos los bienes del Centro Asturiano de la Habana de Gijón», según un escrito enviado por Enrique Tamargo a Marco Antonio Tuñón.

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El presidente grupista argumenta en el citado documento que «en la escritura de fusión por absorción otorgada con fecha 30 de junio de 2011, la fusión no desplegará efecto alguno en tanto la misma no se inscriba en los registros públicos correspondientes, en consecuencia del tenor literal del Otorgando Cuarto: 'No producirá efectos, en tanto no se inscriba en los registros públicos correspondientes, tanto la propia fusión como la transmisión de bienes inmuebles'».

Tamargo asegura que «la fusión, a la fecha, no está inscrita en el mencionado Registro -en referencia al de Asociaciones del Principado-, lo que veda de forma absoluta cualquier tipo de eficacia de la misma» y advierte de que « este es el único planteamiento posible y el que el Real Grupo de Cultura Covadonga defenderá en todas las instancias que sean necesarias».

El presidente del Grupo acompaña a su escrito un certificado firmado, a instancia de Enrique Tamargo, el pasado día siete (al día siguiente de que el Registro de la Propiedad Número Seis de Gijón inscribiera la finca La Torre a nombre del Grupo), por la titular de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Hacienda y Sector Público, Margarita González Marroquín, en el que indica que «de los antecedentes obrantes en esta Consejería consta que la entidad Centro Asturiano de la Habana de Gijón está inscrita en el Registro de Asociaciones del Principado de Asturias por medio de Resolución de 22 de octubre 1966 del Ministerio de la Gobernación».

El mismo certificado realiza una pormenorizada relación de los movimientos realizados por los representantes de los socios del Centro Asturiano, en la que tan solo queda sin citar, posiblemente por tratarse de un documento interno, aunque ha trascendido, un informe de los servicios jurídicos del Principado en el que se proponía a la Consejería que aceptase la solicitud de baja.

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En la cronología de documentos citados por González Marroquín no se desvela incompatibilidad alguna con los citados por los representantes del Centro Asturiano para defender sus intereses ni con los aceptados por el Registro Mercantil para efectuar la inscripción, ya que es sobre el efecto de los citados documentos sobre lo que se produce la discrepancia.

Lo que provoca que el Grupo considere «inscripciones indebidamente practicadas» las del Registro Mercantil» y que representantes del Centro Asturiano acusen al Principado de hacer «un alarde de transgresión de las más elementales normas jurídicas» es que la Administración regional admite que Marco Antonio Tuñón solicitó la baja del Centro Asturiano el 22 de marzo de 2013 y que fue el 7 de enero de 2014, tras ser pedida certificación de silencio positivo, el 18 de diciembre de 2013, le dio respuesta, negativa por cierto.

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En esas condiciones, Registro Mercantil y representantes del Centro Asturiano consideran que, al responder el Principado fuera del plazo de tres meses que concede la ley, debió inscribirse la baja y si no se hizo, como ahora se certifica, la permanencia del Centro Asturiano en el Registro es nula, mientras que González Marroquín no explica en su certificado por qué considera que eso no es así y el Grupo se atiene a ese criterio.

Réplica

Tras recibir el escrito de Tamargo referido en la primera parte de esta información, fuentes jurídicas de la representación del Centro Asturiano calificaron su contenido de «auténtico dislate», porque el Grupo se opone a una inscripción que él mismo solicitó en su día, tras firmar la escritura de fusión.

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Además, las mismas fuentes incluyeron en su contestación otro párrafo de la escritura firmada ante notario, donde se puede leer que «ambas entidades se comprometen a subsanar, aclarar y rectificar cuantos datos, circunstancias menciones, omisiones o demás sean necesarios para lograr las inscripciones registrales que sean precisas para la plena efectividad de la presente escritura de fusión».

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