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Los alimentos pueden tener fecha de caducidad o fecha de consumo preferente. La diferencia es que si los del primer grupo se toman después del día fijado pueden poner en riesgo la salud, pero no así los segundos. Eso sí, ambos se deterioran con el paso del tiempo, pierden sabor, color, olor y hasta se endurecen o, en su defecto, se ablandan.
La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) ha publicado un listado con 10 alimentos que se pueden comer estando 'caducados' porque lo que aparece indicado en el envase del propio producto es solo su fecha de consumo preferente. Eso sí, los alimentos en cuestión no pueden estar abiertos ni presentar signos evidentes de estar deteriorados. Los productos que se pueden comer después de su fecha son:
- Bollos y galletas
- Yogures
- Pan de molde
- Patatas fritas y frutos secos
- Refrescos y alcohol
- Pastas, arroces y legumbres
- Mermelada y mantequilla
- Embutidos y quesos curados
- Sopas y salsas de sobre
- Envases de tomate
Hay después un tercer grupo: el que engloba a los productos que, simplemente, no aportan ninguna fecha que haga referencia a su momento de consumo porque no es obligatorio. Es el comprador el que tiene que juzgar si es recomendable o no ingerirlos. El aspecto, el sabor, la textura y el olor permiten al consumidor tomar una decisión. En este apartado se encuentran los siguientes productos:
Bebidas alcohólicas con una graduación superior a un 10% del volumen (la OCU explica que algunas sí se estropean con el tiempo por lo que llevan tiempo luchando para que se les incluya, al menos, una fecha de consumo preferente).
- Frutas y hortalizas frescas
- Pan y bollería del día
- Vinagre
- Sal
- Azúcar
- Chicles
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Abel Verano, Lidia Carvajal y Lidia Carvajal
Mikel Labastida y Leticia Aróstegui (diseño)
Óscar Beltrán de Otálora y Gonzalo de las Heras
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