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Ya se puede solicitar el voto por correo para las elecciones del 28M. m Efe
Últimos días para pedir el voto por correo: todo lo que debes saber
28M: Elecciones autonómicas y municipales en Asturias

Últimos días para pedir el voto por correo: todo lo que debes saber

La campaña electoral para los comicios del 28 de mayo comenzó oficialmente el viernes 12 de mayo

P. Pérez

Domingo, 14 de mayo 2023, 16:52

España ya está inmersa en plena campaña para las elecciones municipales y autonómicas del 28 de mayo. Los votantes de la mayor parte de comunidades, incluida Asturias, están convocados a las urnas este 28M para elegir a sus representantes autonómicos y municipales. La campaña electoral comenzó oficialmente el viernes 12 de mayo y finalizará a las 24 horas del viernes 26 de mayo. Estos quince días son los únicos en los que los candidatos pueden pedir de forma explícita el voto.

Solo hay cinco comunidades autónomas en España que no votarán este 28 de mayo a sus responsables en los parlamentos regionales —equivalentes a los diputados en la Junta General del Principado—: Andalucía, Cataluña, Galicia, País Vasco y Castilla y León. No obstante, las elecciones municipales —donde se escogen a los representantes en los Ayuntamientos— se celebrarán en todo el territorio nacional.

No son pocas las personas que por su situación personal no podrán acudir a las urnas este 28 de mayo, pero igualmente podrán depositar sus papeletas gracias al voto por correo.

¿Hasta cuándo se puede votar por correo para las elecciones del 28 de mayo?

El plazo de solicitud del voto por correo está abierto desde el 4 de abril —cuando se publicó en el BOE el Real Decreto de convocatoria de las elecciones— hasta el 25 de mayo.

Pero este primer paso solo supone solicitar que te envíen a casa las papeletas electorales de todas las candidaturas políticas a las que puedes votar.

¿Dónde pedir el voto por correo?

El impreso de solicitud de voto por correo se recoge en las oficinas de Correos. Recuerda que el plazo finaliza el 25 de mayo.

También puedes presentar vía web la solicitud de voto por correo, sin necesidad de acudir presencialmente a una oficina de Correos. Para ello tendrás que autentificarte con el DNI electrónico o un certificado digital válido.

En el impreso indicarás la dirección postal a la que quieres que se envíe la documentación electoral (puede ser tu domicilio, tu lugar de trabajo o un apartado postal).

¿Cómo votar por correo?

Después de realizar la solicitud del voto por correo, la Oficina del Censo Electoral te enviará a la dirección indicada la siguiente documentación:

► Una papeleta de cada una de las formaciones políticas que se presenten a cada uno de los procesos convocados.

► Un sobre de votación para cada proceso

► El certificado de inscripción en el censo.

► Un sobre con la información de tu mesa electoral.

► Una hoja explicativa.

Paso a paso

Una vez que hayas recibido la documentación:

1. Elige la papeleta de votación para cada proceso en el que vayas a votar e introdúcela en el sobre de votación correspondiente (o no incluyas papeleta si decides votar en blanco).

2. Introduce el sobre o los sobres de votación y el certificado de inscripción en el censo dentro del sobre en el que está escrita la dirección de su mesa electoral.

3. No introduzcas ningún documento acreditativo de tu identidad dentro del sobre de votación, porque en este caso tu voto sería considerado nulo por la mesa.

4. Lleva este sobre a una oficina de Correos y envíalo por correo certificado en todo caso antes del tercer día previo al de la celebración de las elecciones. El envío es gratuito. En la oficina es necesario presentar el DNI en vigor original.

El día de las elecciones, Correos enviará todos los sobres que contienen los votos por correo a las mesas electorales desde las 9 de la mañana y hasta las 8 de la tarde.

Terminada la votación y antes de realizar el escrutinio, la mesa introducirá los sobres de voto recibidos por correo en la urna.

¿Puedo cambiar de opinión y votar de forma presencial?

No. Si solicitas votar por correo, y tu solicitud es aceptada, no podrás votar de manera presencial en tu mesa electoral el día de las elecciones.

¿Cómo pedir el voto por correo si estoy temporalmente en el extranjero?

Si estás temporalmente o de vacaciones en el extranjero y deseas ejercer tu derecho de sufragio tienes que:

1. Cumplimentar y presentar el impreso personalmente en el consulado o embajada antes del 29 de abril. Puedes encontrarlo en el consulado o embajada del país donde te encuentres, o descargártelo en las webs indicadas para ello.

Para poder formular la solicitud deberás estar inscrito en el registro de matrícula consular del país donde te encuentres como no residente.

Ambos trámites (solicitud e inscripción) pueden realizarse en el mismo acto.

La oficina del censo electoral te remitirá:

  • Una hoja informativa

  • Papeletas y sobres de votación

  • Certificado de inscripción en el censo electoral

  • Un sobre dirigido a la mesa electoral que le corresponda

  • Impreso para la devolución de los gastos de envío del voto por correo

En el sobre dirigido a la mesa electoral hay que introducir

  • Los sobres de votación con su opción de voto

  • El certificado de inscripción en el censo

  • Si así lo deseas, el impreso cumplimentado para la devolución de los gastos de envío

Remite el sobre por correo certificado no más tarde del 24 de mayo.

Para que estos votos sean válidos, es indispensable que conste claramente en el sobre un matasellos u otra inscripción oficial de una oficina de correos del estado correspondiente, que certifique que se ha remitido dentro del plazo previsto.

Correos conservará hasta el día de la votación la correspondencia dirigida a la Mesa y la trasladará a las 9 de la mañana y hasta las 20 horas del mismo día.

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