Dudas antes de las elecciones generales: ¿A qué hora abren los colegios? ¿Puedo votar sin el DNI?
23J ·
Casi 37 millones y medio de españoles están llamados a las urnas este 23 de julioSecciones
Servicios
Destacamos
23J ·
Casi 37 millones y medio de españoles están llamados a las urnas este 23 de julioE. C.
Sábado, 22 de julio 2023, 21:19
La fiesta de la democracia está a punto de comenzar. Este 23 de julio 37.466.432 españoles —958.940 asturianos— están llamados a las urnas para decidir con sus votos el devenir del país. Una vez finalizada la intensa campaña electoral y en plena jornada de reflexión ... , a algunos electores les surgen dudas sobre el horario de los colegios electorales, cómo saber en qué mesa hay que depositar el voto o el nombre de cuántos senadores deben marcar en las papeletas.
La votación comenzará a las 9 de la mañana del domingo 23 de julio. No obstante, los colegios electorales estarán abiertos antes para que puedan presentarse las personas que constituyan las mesas. Será el momento de verificar que no hay problemas con el material electoral, así como de las acreditaciones a interventores e interventoras, apoderados y apoderadas, etc.
La votación terminará a las 20 horas, momento en que la presidencia de la mesa electoral anunciará el final de la votación. Sin embargo, si quedasen en el local electoral, o en su acceso, personas que todavía no hubiesen votado, la mesa les dejará votar y no permitirá que lo haga nadie más.
Está permitido votar con la siguiente documentación:
- Documento Nacional de Identidad (DNI). No sirve el resguardo del DNI en trámite, puesto que en él no aparece la fotografía del elector.
- Pasaporte (con fotografía).
- Carné de conducir (con fotografía).
Este 23 de julio España escoge a los 350 diputados que conformarán el Congreso durante la próxima legislatura. Sin embargo, no todas las provincias elige el mismo número de escaños.
A cada provincia le corresponde un mínimo inicial de dos diputados. Las ciudades de Ceuta y Melilla eligen un diputado cada una. Los 248 diputados restantes se distribuyen entre las provincias en proporción a su población. Asturias, por ejemplo, elige a siete.
Todos los diputados son elegidos por sufragio universal, libre, igual, directo y secreto.
Los partidos políticos presentan sus candidatos en listas cerradas y bloqueadas, de forma que el día de las elecciones el elector no puede seleccionar candidatos individuales o alterar el orden de las listas, sino que escoge la papeleta del partido elegido y la introduce en el sobre correspondiente.
Distinta es la conformación del Senado. No todos los senadores serán elegidos este 23 de julio, sino que cada provincia escogerá a cuatro en estos comicios. Pero también hay excepciones: Gran Canaria, Tenerife y Mallorca eligen tres; Ceuta y Melilla, dos; e Ibiza-Formentera, Menorca, Fuerteventura, La Gomera, El Hierro, Lanzarote y La Palma, uno.
Pese a que la mayor parte de las provincias elige a cuatro senadores, en las papeletas electorales únicamente se pueden seleccionar tres. La forma de hacerlo es sencilla: el elector debe marcar con una X las casillas de hasta tres senadores. Pueden ser de la misma candidatura o de candidaturas distintas y puede seleccionarse al primer, segundo o tercer candidato.
Más senadores
Además, existe otro grupo de senadores elegidos por las asambleas legislativas de las comunidades autónomas: uno por comunidad autónoma, y otro más por cada millón de habitantes de su respectivo territorio.
Las papeletas en las elecciones al Congreso son de color blanco y las del Senado, de color sepia. Por tanto, habrá dos urnas, una para la Cámara Alta y otra para la Cámara Baja. Ambas estarán debidamente identificadas.
El escrutinio provisional es el recuento de votos que se realiza en la mesa una vez finalizada la votación, a las 20 horas. Se realiza de la siguiente forma: el presidente o la presidenta extrae, uno a uno, los sobres de la urna y lee en voz alta la denominación de la candidatura. Enseña cada papeleta, una vez leída, a vocales, interventores e interventoras y apoderados y apoderadas.
Por tanto, los primeros resultados provisionales comenzarán a saberse a partir de las 20 horas del domingo. A medida que pasen los minutos, se irán conociendo datos más fidedignos. Si todo marcha como en anteriores elecciones, el reparto de escaños podría conocerse durante la misma noche electoral.
No obstante, el portal oficial de Moncloa señala que el escrutinio definitivo de las elecciones a Cortes Generales del 23 de julio se realizará del 28 al 31 de julio por las Juntas Electorales Provinciales.
En los últimos días, todos los electores han recibido su tarjeta censal en la que se detallan sus datos censales de cada uno. Ese documento detalla el colegio electoral y el número de mesa en la que le corresponde votar.
Además, el INE cuenta con un buscador en el que se puede consultar la mesa y el colegio que le corresponde a cada elector.
Si has sido designado para formar parte de una mesa electoral y no has presentado una excusa o la Junta Electoral de Zona la ha rechazado, estás obligado a acudir al colegio electoral. El presidente o la presidenta, los y las vocales y suplentes que no acudan a desempeñar sus funciones incurrirán en pena de prisión de 3 meses a un año o multa de 6 a 24 meses.
Pueden votar todos los españoles mayores de edad inscritos en el censo electoral, tanto residentes en España como residentes en el extranjero. Además de a través del voto presencial, pueden ejercer este derecho mediante el voto por correo.
No pueden votar las personas condenadas por sentencia judicial firme a pena de privación del derecho de sufragio.
En España no es obligatorio votar. Ninguna persona puede ser obligada o coaccionada en el ejercicio de su derecho de sufragio, ni tampoco a revelar su voto.
Sí. Quienes trabajen el domingo 23 de julio tienen derecho a ausentarse para poder ir a votar.
La Administración del Estado o, en su caso, la de las comunidades autónomas adoptará las medidas precisas para que el personal que trabaja por cuenta ajena y el que presta sus servicios el día de las elecciones pueda disponer en su horario laboral de hasta 4 horas libres (retribuidas) para el ejercicio del derecho al voto. Cuando el trabajo se preste en jornada reducida, se efectuará la correspondiente reducción proporcional del permiso.
Se considera voto válido el voto depositado en la urna con las exigencias legales. Este voto puede ser a alguna candidatura o en blanco. Es un voto en blanco aquel cuyo sobre no contiene papeleta y aquellas papeletas en las que no se haya marcado ningún candidato o candidata en el caso de elecciones al Senado.
Se considerarán votos nulos:
- los que se emiten en sobres o papeletas diferentes del modelo oficial.
- las papeletas sin sobre.
- los sobres que contengan más de una papeleta de distintas candidaturas (si se incluyen varias papeletas de la misma candidatura, se cuenta como un solo voto válido).
- los que se emiten en sobres alterados.
- las papeletas en las que se hubiera modificado, añadido o tachado el nombre de los candidatos y candidatas, alterado su orden de colocación, así como aquellas en las que se hubiera introducido cualquier leyenda o expresión.
- en el caso de elecciones al Senado, las papeletas en las que se hayan marcado más de tres candidatos o candidatas, más de dos en el caso de Gran Canaria, Tenerife, Mallorca, Ceuta y Melilla, o más de uno en el caso de Menorca, Ibiza-Formentera, Fuerteventura, La Gomera, El Hierro, Lanzarote, y La Palma.
¿Ya eres suscriptor/a? Inicia sesión
Publicidad
Publicidad
Te puede interesar
Fallece un hombre tras caer al río con su tractor en un pueblo de Segovia
El Norte de Castilla
Publicidad
Publicidad
Nuestra selección
Esta funcionalidad es exclusiva para suscriptores.
Reporta un error en esta noticia
Comentar es una ventaja exclusiva para suscriptores
¿Ya eres suscriptor?
Inicia sesiónNecesitas ser suscriptor para poder votar.