Edificio de la empresa, en Gijón. arnaldo garcía

La administración concursal de la antigua Vauste pide el embargo de 10,5 millones como medida cautelar

Dictamina que hubo «culpa grave» de Quantum y dos gestores, lo que agravó la situación de la empresa | Solicita también no fijar caución alguna por la adopción de la citada medida cautelar y condenar en costas a la parte que se oponga a la misma

Lunes, 21 de febrero 2022, 14:03

Un informe demoledor que apunta directamente a los gestores de la antigua Vauste como los culpables del concurso de acreedores que ha llevado a la liquidación de la empresa de amortiguadores y al despido de sus 70 trabajadores. La administración concursal de Graham Corporate -su última denominación- ha presentado ante el juzgado de lo Mercantil número 3 de Gijón un detallado informe en el que solicita al juez que el concurso sea calificado como culpable, ya que considera que el estado de insolvencia se ha visto agravado por «el dolo o la culpa grave» de sus representantes legales, entre otras razones. Por ello, solicita el embargo preventivo de bienes y derechos, hasta cubrir 10,5 millones de euros, de Quantum Capital, Iberia Automotive (propiedad de Quantum) y Ricardo Yaukuma Armbruster, responsable de este fondo alemán en España, que adquirió la planta de Gijón a Tenneco el 31 de marzo de 2016.

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Esta cantidad es la que, según la administración concursal, pasó a Quantum cuando se produjo la venta, por parte de Tenneco, de la compañía, que pasó a denominarse Vauste. En el contrato «se estableció la obligación de Quantum de implantar en Vauste un plan de viabilidad del negocio que permitiese a esta última operar como un negocio independiente respecto de Tenneco en un plazo máximo de tres años». Dicho documento recoge que Blitz 16-263 (controlada por Tenneco y que tenía el 100% de las participaciones de Vauste) contaba con 10,5 millones de euros de efectivo, que provienen de la ampliación de capital de Vauste que Tenneco realizó en Blitz 16-263 por importe de 15,52 millones.

Quantum, Blitz 16-263 y Blitz 15-100 (sociedad instrumental dominada por Quantum) «se comprometieron a utilizar la financiación en efectivo solo para realizar las inversiones necesarias para crear un Grupo Ibérico de Automoción, y para garantizar cualquier otra obligación asumida por ellas frente a Tenneco», según la administración concursal. Por tanto, a través de dos sociedades instrumentales (Blitz 16-263 y Blitz 15- 100), Tenneco vendió a Quantum el negocio automovilístico transferido a la sociedad Vauste. Además, Tenneco dotó a Blitz 16-263, propietaria de Vauste, de una financiación en efectivo por importe de 10,5 millones de euros con el objeto de llevar a cabo el plan de viabilidad.

Tensiones financieras

El 21 de julio de 2016, Blitz 6-263 y Blitz 15-100 se fusionaron pasando a denominarse Iberia Automotive GMBH, propiedad de Quantum. Desde ese momento, Iberia era el único propietario de Vauste. El 27 de noviembre de 2019, Iberia vendió al fondo DSA el 100% de las participaciones de Vauste. El precio de compraventa se fijó en un euro. Los problemas de liquidez debido a las bajas ventas registradas en 2019 llevaron a la compañía a acordar un ERTE desde el 1 de mayo y hasta el 31 de diciembre. Las tensiones financieras se vieron incrementadas con el estallido de la pandemia, por lo que Vauste recurrió a solicitar líneas de crédito. En este contexto, el 8 de junio de 2020, Vauste presentó solicitud de concurso de acreedores, y el 12 de junio del mismo año el juzgado de lo Mercantil número 3 de Gijón dictó auto declarando el concurso de acreedores voluntario por insolvencia inminente.

De haber existido esta aportación de 10,5 millones, bien mediante ampliación de capital o bien mediante una aportación a fondo perdido al capital, «habría tenido reflejo en el balance». En todo caso, «este compromiso adquirido por Blitz 16-263 también debería haberse reflejado en la memoria de las cuentas anuales». Por tanto, «de la contabilidad se desprende que Blitz 16-263 no ha realizado ninguna aportación de fondos a Vauste derivada de la obligación asumida en relación con la financiación en efectivo», según el informe de la administración concursal. Es más, concluye que «ni Quantum ni Blitz 16-263 utilizaron la financiación en efectivo para crear un Grupo Ibérico de Automoción de acuerdo con el plan de viabilidad, sino que se empleó financiación ajena para realizar determinadas inversiones». La mayor parte de estas inversiones se realizaron a raíz de la creación, en 2018, de una nueva línea de negocio de magnesio, cuya mayor parte se financió con deuda bancaria del Banco Sabadell por dos millones de euros y otra gran parte con un préstamo Reindus de 2,3 millones de euros del Ministerio de Industria. Por lo tanto, desde un punto de vista económico/financiero, la situación patrimonial de Vauste se habría visto doblemente afectada por un aumento de su endeudamiento en aproximadamente 5 millones de euros y por la no recepción de la financiación en efectivo de 10,5 millones de euros.

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Nueva venta

El 27 de noviembre de 2019, Quantum vende la compañía al fondo DSA y pasó a denominarse Graham Corporate. El endeudamiento fue a mayores y la compañía terminó en concurso de acreedores. La administración concursal tuvo conocimiento de que, el 18 de enero de 2021, DSA había interpuesto una querella contra Ricardo Yaukuma Armbruster, responsable de Quantum en España desde 2015, contra Quantum y contra Iberia Automotive, que recoge unos estos hechos, absolutamente relevantes para la administración concursal. A la luz de los acontecimientos, los autores del informe piden al juzgado que el concurso sea considerado culpable por las actuaciones de varios de sus gestores. Solicitan que se condene a Urbano Manzano, representante legal de Vauste, «al pago de la totalidad de los créditos contra la masa no satisfechos desde su nombramiento como administrador único, esto es 824.117 euros e inhabilitación para administrar bienes ajenos por plazo de diez años».

Para Ricardo Yaukuma Armbruster, como anterior administrador de la concursada, pide que se le condene a inhabilitación para administrar bienes ajenos por el plazo de 15 años, así como para representar a cualquier persona durante el mismo período y a la indemnización de los daños y perjuicios causados en importe de 10,5 millones, con carácter solidario con las sociedades declaradas cómplices; «por ser el importe distraído y cuyo objeto debía ser el destino a la financiación del plan de desarrollo industrial de Vauste, al concurrir dolo o culpa grave en la generación u agravación del estado de insolvencia de la concursada, por las conductas descritas en el presente informe»,

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Asimismo, la administración concursal solicita que se declare a Quantum e Iberia Automotive cómplices de cooperación en la generación u agravación del estado de insolvencia, por existir dolo o culpa grave en su actuación y se le condene a la indemnización de los daños y perjuicios causados. Como medidas cautelares, los administradores piden que se embargue bienes y derechos de Ricardo Yaukuma Armbruster, Quantum e Iberia para cubrir esos 10,5 millones.

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