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Un trabajador ficha para registrar su jornada laboral. Damián Arienza
Cambios en el registro horario: las empresas tendrán que dar a los trabajadores un recibo de las horas extra

Cambios en el registro horario: las empresas tendrán que dar a los trabajadores un recibo de las horas extra

La reforma laboral implantará también un nuevo modelo para fichar, que deberá ser completamente digital, y endurecerá las multas

P. Pérez

Gijón

Jueves, 6 de febrero 2025, 12:06

La reforma laboral que reducirá la jornada a un máximo de 37,5 horas semanales también traerá cambios a la hora de fichar. Según el anteproyecto de ley aprobado esta semana en el Consejo de Ministros, el registro horario pasará a ser completamente digital y, además, las empresas deberán facilitar mensualmente a los trabajadores una copia del resumen de todas las horas realizadas junto con el recibo de los salarios.

Registro horario

La jornada de los trabajadores a tiempo parcial se registrará día a día y se totalizará mensualmente, entregando copia al trabajador, junto con el recibo de salarios, del resumen de todas las horas realizadas en cada mes, tanto las ordinarias como las complementarias.

«El registro horario va a ser modificado, va a ser propio del siglo XXI, va a ser digital, interoperable, con control remoto y en el que la Inspección de Trabajo va a saber en tiempo real cuáles son las jornadas que cualquiera va a hacer», explicaba la ministra de Trabajo, Yolanda Díaz. El objetivo es que el registro de la jornada sea «objetivo, fiable y accesible», de manera que deberá contar con unos requisitos, entre los que será obligatorio que los trabajadores practiquen los asientos de forma personal y directa, inmediatamente al inicio y finalización de cada jornada, de forma que la empresa no pueda condicionar su contenido.

Registros disponibles durante cuatro años

También deberá identificarse «inequívocamente» a la persona que registra los asientos para garantizar la «autenticidad» de los datos y a través de un formato «tratable, legible y compatible» que permita a los trabajadores, sus representantes legales y la Inspección acceder de forma inmediata al registro de jornada en el centro de trabajo, y en cualquier momento, de manera interoperable y en remoto.

Además, la empresa debe conservar los registros durante cuatro años, periodo durante el cual permanecerán a disposición de los trabajadores, de sus representantes legales y de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.

Desconexión digital

Al mismo tiempo, Díaz ha resaltado que el anteproyecto para la rebaja de jornada incluye el derecho irrenunciable a a la desconexión digital. «Ningún trabajador ni trabajadora española va a tener que responder a un mail, a una llamada, ni siquiera de un ministro o ministra, cuando estén fuera de su jornada laboral», ha apuntado.

Multas

De acuerdo con el texto del anteproyecto, el Gobierno multará con hasta 10.000 euros por trabajador a las empresas que incumplan con el registro horario y la reducción de la jornada semanal máxima de 37,5 horas.

Esto supone un endurecimiento de las sanciones actuales en materia de jornada por dos vías: en primer lugar, porque se multará a las empresas por cada trabajador con el que se incumplan las normas y no de manera global, y en segundo, porque el importe de las multas, tipificadas como infracción grave de los empresarios, serán más cuantiosas, pasando de un máximo de 7.500 euros a 10.000 euros.

Así, la transgresión de las normas y los límites legales o pactados en materia de jornada, trabajo nocturno, horas extra, horas complementarias, descansos, vacaciones, permisos, registro de jornada y, en general, el tiempo de trabajo se sancionarán, en su grado mínimo, con multas de 1.000 a 2.000 euros; en su grado medio, de 2.001 a 5.000 euros y, en su grado máximo, de 5.001 a 10.000 euros.

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