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Seguridad Social: Requisitos para acceder a la jubilación anticipada voluntaria
Seguridad Social

Requisitos para acceder a la jubilación anticipada voluntaria

España irá retrasando de forma anual la edad de jubilación hasta 2027 para cobrar el cien por cien de la pensión

EL Comercio

Gijón

Miércoles, 4 de enero 2023, 20:56

Pensar en cuándo alcanzaremos la jubilación es una común en todos los trabajadores. Este año, la edad de de jubilación sube a los 66 años y cuatro meses si se tienen cotizados menos de 37 años y nueve meses o a los 65 años si se supera este periodo de cotización. No obstante, la Seguridad Social ofrece la posibilidad de acceder a la jubilación anticipada voluntaria, que variará dependiendo de los años que el trabajador tenga cotizados y que tiene una serie de requisitos.

¿Qué significa esto? España irá retrasando de forma anual la edad de jubilación hasta 2027 para cobrar el cien por cien de la pensión. También aumenta la edad a la que se puede acceder a la modalidad de jubilación anticipada si no se superan los 37 años y nueve meses cotizados.

Esto es porque, desde 2013, se estableció que todos los trabajadores -por cuenta propia o ajena- que quisieran jubilarse antes de tiempo podrían hacerlo de forma voluntaria, siempre y cuando cumplan algunas condiciones y no lo hagan más de dos años antes de la edad legal. De este modo, conforme sube la edad legal, se incrementa también la edad de jubilación anticipada, si no se ha tenido una larga carrera de cotización.

Podrá solicitarse la jubilación voluntaria anticipada hasta con dos años de antelación de la edad legal (Según la reforma de pensiones la edad aumentará hasta 2027). Los requisitos para acceder a la jubilación anticipada voluntaria son los siguientes:

► Trabajadores con 63 años que tengan al menos 37 años y seis meses o más cotizados por trabajo a la Seguridad Social.

► Trabajadores que a los 64 años y dos meses no consigan ese mínimo de 7 años y seis meses de cotización.

► Para acceder a la jubilación anticipada es necesario tener cotizados como mínimo 35 años. De estos, al menos dos deben estar comprendidos en los últimos 15 años anteriores al hecho causante (el día que cesa de la actividad laboral). Dentro de los 35 años cotizados, se tendrá en cuenta el periodo del servicio militar, la prestación social sustitutoria y del servicio social femenino, con un máximo computable de un año.

Para calcular la pensión de jubilación hay que tener en cuenta tres datos que son, la base reguladora, los coeficientes sobre la base reguladora en función de los años cotizados y aplicar los coeficientes reductores por jubilación anticipada voluntaria.

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