El Pleno del Congreso ha convalidado este jueves el decreto ley que incluye la reforma del sistema de las pensiones, que finalmente ha contado con un amplio apoyo de 179 votos a favor, el rechazo de PP y Ciudadanos, y la abstención de Vox. El Boletín Oficial del Estado ya ha publicado el Real Decreto-Ley 2/2023, de 16 de marzo que explica las nuevas medidas que introduce tal reforma del sistema de pensiones, enfocado a ampliar los derechos de los pensionistas, reducir la brecha de género y establecer un nuevo marco de sostenibilidad de la hucha de pensiones.
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En concreto, los cambios que introduce esta nueva reforma y que entrará en vigor el próximo día 1 de abril son los siguientes:
Modelo dual para la cuantía de la pensión: podrá calcularse tomando como referencia los últimos 25 años o 29 años exceptuando los dos peores. En este segundo periodo, la referencia que se tomaría sería de un periodo de 27 años. Esta modificación se irá introduciendo de forma progresiva hasta 2038, cuando ya quedará como referencia el segundo formato (el de 29 menos dos).
Bases máximas: subirán anualmente con el IPC y con una cuantía fija de 1,2 puntos entre 2024 y 2050. Esto implicará un aumento acumulado del 38% hasta 2050. El Gobierno evaluará cada cinco años la situación.
Pensión máxima: con la revalorización de las pensiones acorde al IPC año a año más el incremento adicional de un 0,115% hasta el 2050, las pensiones máximas experimentarán un alza aproximada del 3%. A partir de 2051 habrá incrementos adicionales.
Pensión mínima contributiva: se fijará un acuerdo de las pensiones mínimas contributivas para asegurar que, desde 2027, no sean inferiores al umbral de la pobreza calculado para un hogar compuesto por dos adultos. Tomando como referencia la evolución de la pensión mínima con cónyuge a cargo, irán subiendo entre 2024 y 2027 de forma progresiva, por encima del IPC.
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Pensiones no contributivas: crecerán también por encima de la revalorización media de las pensiones, hasta alcanzar en 2027 el 75% del umbral de la pobreza calculado para un hogar unipersonal.
Brecha de género: La cobertura de lagunas de cotización se mejora para las mujeres y el complemento de la brecha subirá un 10% adicional a su revalorización anual en el bienio 2024-2025.
Cuota de solidaridad: se fijará una cotización para la franja salarial que no cotiza por superar su base máxima de cotización y será del 1% en 2025, aumentando un 0,25% cada ejercicio hasta alcanzar el 6% en 2045.
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Mencanismo de equidad intergeneracional (MEI): Actualmente la sobrecotización del MEI es de un 0,6%. Este porcentaje subirá de forma progresiva hasta alcanzar el 1,2% en el año 2029. Un 1% correrá a cargo de la empresa y un 0,2%, a cargo del trabajador. Se mantendrá así de 2030 a 2050 y podría aumentar de manera automática si el gasto en pensiones sobrepasase el 15% del PIB.
Tope máximo de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (AIReF): La Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal vigilará la reforma a fin de que el gasto en pensiones no rebase el 15% del PIB. Tendrá que elaborar un informe de análisis sobre esta evolución de ingresos desde marzo de 2025 y cada tres años. Si se detectase un exceso de gasto, se propondrían medidas para su corrección.
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