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El próximo martes, día 11, empieza una nueva campaña de la renta, con la apertura del plazo de presentación por internet de los borradores correspondientes al ejercicio 2022, la vía más elegida (nueve de cada diez contribuyentes). Tres semanas después, el 5 de mayo, ... se activará el programa de atención telefónica y, a partir del 1 de junio, se podrá presentar la declaración en persona. Todos los trámites podrán realizarse hasta el 30 de junio, fecha en la que finaliza la obligación tributaria. Hay algunas novedades respecto a ejercicios anteriores, como las desgravaciones por planes de pensiones y los cambios en la deducción por maternidad, así como el umbral de obligatoriedad. Desde EL COMERCIO planteamos dudas y sus respuestas, según datos facilitados por la Agencia Tributaria.
1 ¿Quiénes están obligados a presentar la declaración?
Está obligado a rendir cuentas con Hacienda cualquier trabajador, por cuenta propia o ajena, así como pensionistas y quienes hayan percibido ingresos superiores a los 22.000 euros anuales. Eso para los procedentes de un único pagador. En caso de tener varios pagadores, deben hacer la declaración aquellos que superen los 14.000 euros (la suma de los ingresos procedentes del segundo pagador y el resto tienen que superar los 1.500 euros en el ejercicio).
2 ¿Es preciso tributar por el ingreso mínimo vital?
Este ingreso está exento hasta un límite máximo anual, junto a las prestaciones económicas establecidas por las comunidades autónomas en concepto de renta mínima de inserción, así como las demás ayudas establecidas por estas o por entidades locales para atender a colectivos en riesgo de exclusión y situaciones de emergencia social.
3 ¿Qué consecuencias tiene no presentar la declaración en período voluntario?
Si se presenta fuera de plazo, pero con anterioridad a la recepción de un requerimiento de la Agencia Tributaria, el recargo será un porcentaje igual al 1% más otro 1% adicional por cada mes completo de retraso con que se presente la autoliquidación o declaración. Transcurridos 12 meses, el recargo será del 15% y se exigirán intereses de demora. Si la regulación se origina como consecuencia de un requerimiento y la declaración sale a pagar, Hacienda solicitará el abono del resultado de la declaración y a esa cuantía se sumará una multa de entre el 50% y el 100% del importe adeudado, dependiendo del retraso. Si sale a devolver, la sanción que impondrá la administración tributaria será de 200 euros.
4 ¿Declaración conjunta o por separado?
Los contribuyentes que deseen realizar la declaración conjunta deben formar parte de una unidad familiar (estar casados, tener hijos en común o ambas circunstancias). A los matrimonios en los que uno de los cónyuges no recibe ingresos o, si los recibe y no superan los 3.400 euros, les conviene hacer la declaración conjunta, algo también recomendable para familias monoparentales cuando los hijos no perciben rentas, cuya reducción es de 2.150 euros.
5 ¿Cuándo se deben declarar las ganancias y pérdidas patrimoniales?
Como regla general, se imputarán al período impositivo en que tenga lugar la alteración patrimonial. Existe una norma especial para las operaciones a plazos, cuando entre la fecha de entrega del elemento patrimonial y el vencimiento del último plazo transcurra un período de tiempo superior a un año. En estos casos, se puede imputar la ganancia, proporcionalmente, a medida que sean exigibles los cobros; para ello, hay que optar por esta regla en la declaración del año en que se produce la transmisión, sin que la Administración nos permita hacerlo una vez finalizado el período voluntario.
6 ¿Qué ocurre si se ha percibido una indemnización por despido?
La indemnización por despido o cese queda exenta del impuesto en la cuantía establecida con carácter obligatorio en el Estatuto de los Trabajadores, siempre que no sea por acuerdo, convenio o pacto, y con un límite de 180.000 euros.
7 ¿Qué beneficios fiscales se obtienen por los planes de pensiones?
Una de las novedades que trae esta campaña respecto a años anteriores es el límite de la deducción por aportaciones a planes de pensiones. En los planes individuales se ha reducido de 2.000 a 1.500 euros, mientras que para las aportaciones a planes de empleo -que son planes de pensiones ofrecidos por las empresas a sus trabajadores- se amplía de 8.000 a 8.500 euros.
8 En el caso de separación matrimonial, ¿a quién le corresponde aplicarse el mínimo por los hijos comunes?
En principio, a quien de acuerdo con lo dispuesto en el convenio regulador aprobado judicialmente tenga atribuida la guarda y custodia de los hijos en la fecha de devengo del impuesto. Pero si el cónyuge con el que no conviven paga algún tipo de pensión alimenticia a los hijos por resolución judicial podrá optar a la aplicación del 50% del mínimo por descendientes.
9 ¿Una madre en paro puede aplicar la deducción por maternidad?
Otro aspecto nuevo a la hora de realizar la declaración es el dirigid a las madres. En concreto, las mujeres sin empleo que tengan hijos menores de tres años y reciban una prestación asistencial podrán aplicar la deducción por maternidad. En años anteriores, solo podían acceder las madres que desarrollasen una actividad profesional. Esta deducción asciende a 100 euros al mes por cada hijo menor de tres años y se puede percibir tanto de forma mensual como anual en un solo pago si se solicita la declaración anual del IRPF.
10 ¿Hay deducción por alquiler de vivienda?
Ha desaparecido. Se regula un régimen transitorio que permite continuar aplicándolo si el contribuyente hubiera suscrito el contrato antes del 1 de enero de 2015.
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L. L. P.
Calendario
Abril. Día 11. Inicio de presentación de declaraciones de renta y patrimonio 2022.
Mayo. Día 3. Solicitud de cita previa para presentar la declaración telefónica.
Día 5. Se abre el plazo para presentar la declaración vía telefónica.
Día 25. Solicitud de cita previa para presentar la declaración presencialmente.
Junio. Día 1. Inicio de atención presencial en oficinas.
Día 27. Fecha límite de domiciliación bancaria de declaraciones a ingresar.
Día 30. Último día para presentar las declaraciones de renta y patrimonio 2022.
Noviembre. Día 6. Último día para realizar el ingreso del segundo plazo de la renta.
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