El inicio de año ha traído consigo la subida de un 8,5% de las pensiones anunciada por Pedro Sánchez a finales de 2022 FOTOLIA
Pensiones 2023

La retención de IRPF de febrero que tendrán los jubilados según el tipo de pensión

El alza de las pensiones también hace que aumente la cantidad retenida en concepto de IRPF

EL Comercio

Gijón

Domingo, 12 de febrero 2023, 10:24

El inicio de año ha traído consigo la subida de un 8,5% de las pensiones anunciada por Pedro Sánchez a finales de 2022. Esta subida ayudará a que casi 12 millones de pensionistas conserven o aumenten su poder adquisitivo después de unos meses muy duros por culpa de la inflación.

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Esta alza implica también que se incremente la tributación del IRPF de los beneficiados por las pensiones que sean consideradas como un rendimiento de trabajo. Aunque habrá que tener en cuenta que cada comunidad autónoma podrá hacer pequeñas variaciones, los tramos de IRPF en las pensiones de jubilación quedarían de la siguiente manera:

Según la tipología de pensiones

  • 1. Hasta 12.000 euros anuales de pensión: tributación de un 1 %

  • 2. Entre 12.000 y 18.000 euros anuales de pensión: tributación de un 2,61 %

  • 3. Entre 18.000 y 24.000 euros anuales de pensión: tributarán un 8,69 %

  • 4. Entre 24.000 y 30.000 euros anuales de pensión: tributación de un 11,83 %

  • 5. Pensionistas que ganen más de 30.000 euros anuales: tributación de un 15,59 %

Teniendo en cuenta que la pensión media de jubilación en España es de unos 1.367 euros al mes, la retención será de unos 180 euros. Estarán exentos de presentar la Declaración de la Renta en 2024 los pensionistas cuyo único ingreso es la pensión si esta es menor de 22.000 euros. También están exentas las pensiones por incapacidad permanente absoluta, las de orfandad, las derivadas de actos de terrorismo y en favor de familiares.

Situación personal de cada pensionista

La retención por IRPF hay que apuntar que está condicionada por otros aspectos, relacionados con la situación personal y familiar del pensionista, entre los que se destacan:

Aspectos a tener en cuenta

  • 1. Contribuyente soltero, viudo, divorciado o separado legalmente

  • 2. Cónyuge con ingresos de menos de 1.500 euros anuales

  • 3. Número de hijos menores de 18 años o mayores con discapacidad de al menos el 33% sujetos a patria potestad

  • 4. Número de hijos menores de 25 años que conviven con el progenitor con rentas inferiores a los 8.000 euros anuales

  • 5. Pensiones compensatorias en favor del cónyuge

  • 6. Discapacidad del titular de la pensión de jubilación

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