En 2022 los ciudadanos que tengan 62 años y dos meses pueden solicitar la jubilación anticipada involuntaria. FOTOLIA

Requisitos para jubilarse antes de los 63 años este 2022

La legislación permite a quienes cesan involuntariamente su trabajo adelantar su retiro laboral

EL Comercio

Gijón

Jueves, 5 de mayo 2022, 02:33

En este año 2022, la edad legal de jubilación ordinaria está establecida en 66 años y dos meses, siempre que el trabajador haya cotizado menos de 37 años y seis meses. En la reforma de pensiones de 2013, se elevaba la edad de jubilación de los 65 a los 67 años, en un horizonte total de 15 años.

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Sin embargo, hay quienes prefieren ver recortada su pensión a cambio de adelantar su retiro y quienes, por el contrario, no pueden seguir trabajando hasta alcanzar la edad que marca la legislación.

Entre las opciones de jubilación anticipada están la voluntaria, donde se permite retirarse dos años antes de lo que marca la normativa o la involuntaria que es la que se va a tratar a continuación.

En este caso se produce por el cese no voluntario del trabajo y para acceder a esta pensión se deben tener 33 años cotizados, unos requisitos en concreto sobre la edad ( cuatro años o menos de la legal) y además apuntarse como demandantes de empleo como mínimo seis meses. Es decir, este año 2022 los ciudadanos que tengan 62 años y dos meses pueden pedir esta prestación.

Causas para solicitar la jubilación anticipada involuntaria:

  • -Despido colectivo por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción.

  • -Despido objetivo por causas objetivas.

  • -Extinción del contrato por resolución judicial, en los supuestos contemplados en el texto refundido de la Ley Concursal.

  • -Muerte, jubilación o incapacidad del empresario individual o la extinción de la personalidad jurídica del contratante.

  • -Extinción del contrato de trabajo motivada por la existencia de fuerza mayor constatada por la autoridad laboral

  • -Extinción del contrato por voluntad del trabajador por causa de movilidad geográfica, modificación sustancial de las condiciones de trabajo o por incumplimientos del empresario del Estatuto de los Trabajadores.

  • -Extinción del contrato por voluntad de la trabajadora por ser víctima de la violencia de género.

Además, en algunos supuestos, será necesario, además, que el trabajador acredite, haber percibido la indemnización correspondiente derivada de la extinción del contrato de trabajo.

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