Las pensiones mínimas que podrán percibir las amas de casa en 2021: 100,68 euros al mes

Los requisitos para acceder a este tipo de pensiones de jubilación no contributivas exigen tener 65 años y unos ingresos inferiores a los 5.538 euros

EL Comercio

Gijón

Domingo, 20 de diciembre 2020, 16:43

¿Tienen las amas de casa derecho a cobrar alguna prestación? La pregunta afecta a más de tres millones de mujeres que trabajan en su propia casa en España según las estimaciones de la Encuesta de Población Activa (Epa). La realidad es que ... trabajar de ama de casa no cotiza a la Seguridad Social por lo que el Servicio Público de Empleo (Sepe) no les concede la posibilidad de optar a las prestaciones contributivas.

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Este colectivo sí podrá, si acreditan los requisitos exigidos, entre otros de rentas familiares y situación personal, solicitar una pensión no contributiva de jubilación. Estas pensiones están destinadas a proveer de unos recursos mínimos a aquellos individuos que no han podido cotizar o lo han hecho de manera insuficiente.

Requisitos para percibir una pensión de jubilación no contributiva

Para poder acceder a ella hay que cumplir con unos requisitos. Además de tener 65 años, hay que ser español o llevar residiendo en España durante diez años como mínimo. El nivel de renta del posible beneficiario debe estar por debajo del nivel previamente determinado por el Gobierno, que en 2020 estaba en los 5.538,40 euros anuales.

Si, como ha anunciado el Ejecutivo, en 2021 se aplica una subida del 0,9% a todas las pensiones, las no contributivas de jubilación tendrían un importe máximo anual de 5.588,24 euros (49,84 euros más), lo que deja la mensualidad maxima de las prestaciones de esta categororía en 402,72 euros y la mínima en 100,68.

Si se comparte domicilio con la pareja o parientes consanguíneos de segundo grado (padres, abuelos, hijos, nietos y hermanos) los ingresos máximos permitidos son de 9.425 euros para los hogares de dos personas; 13.292,16 euros para los de tres, y 17.169,04 euros para los de cuatro. Si entre los parientes son padres o hijos de los solicitantes de la pensión, los límites también varían: 23.538,20 euros para los hogares de dos personas; 33.230,40 euros para los de tres, y 42.922,60 euros para los de cuatro.

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