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Paga extra de verano 2024 para pensionistas: novedades y cuándo se cobra

Paga extra de verano 2024 para pensionistas: novedades y cuándo se cobra

Con la llegada del periodo estival, millones de ciudadanos esperan con ansia la primera de las pagas extraordinarias del año

Viernes, 21 de junio 2024, 12:26

La llega del verano es casi tan ansiada como la recompensa económica de esta época del año: la primera paga extra de 2024. Diez millones de pensionistas cuentan con ese ingreso adicional por parte del Estado que se abona en el mes de julio, aunque algunas entidades bancarias suelen adelantar los pagos al mes anterior por lo que pueden surgir dudas de cuándo recibirán los pensionistas su paga extra de verano.

La Seguridad Social es la encargada de emitir dicho dinero a los bancos entre los días hábiles 1 y 4 de cada mes, pero estos adelantan el dinero a sus clientes en unas fechas que varían dependiendo de la entidad en la que se tenga domiciliado el cobro.

Fecha de pago de las principales entidades bancarias

Bankinter: viernes 21 de junio

CaixaBank: lunes 24 de junio

Sabadell: lunes 24 de junio

Ibercaja: lunes 24 de junio

Laboral Kutxa: lunes 24 de junio

Banco Santander: martes 25 de junio

Unicaja: martes 25 de junio

Cajamar: martes 25 de junio

ING: miércoles 26 de junio

Kutxabank: miércoles 26 de junio

BBVA: jueves 27 de junio

EVO Banco: jueves 27 de junio

Abanca: jueves 27 de junio

Las cuantías que recibirán los pensionistas por esa paga extra supondrán la cuantía mensual ordinaria y trae consigo un componente especial ya que será la primera que tenga la revalorización del 3,8 % que se aprobó en enero. En algunos casos puede llegar a suponer un aumento de 50 euros si tomamos como referencia la pensión media.

Además, las pensiones no contributivas también han notado cambios ya que el importe anual fijado se sitúa en los 7.250,60 euros lo que supone una subida del 6,9 %. La pensión mínima de jubilación tendría así tres escenarios posibles:

 Para titulares de 65 años o más sin cónyuge: 11.552,80 euros anuales

 Con cónyuge a cargo: 14.466,20 euros anuales

 Con cónyuge no a cargo: 10.966,20 euros anuales

En cuanto a la pensión mínima de viudedad, las cantidades serían las siguientes:

 Con cargas familiares: 14.466,20 euros anuales

 Para titulares con 65 años o más, o con discapacidad igual o superior al 65%: 11.552,80 euros anuales

 Entre 60 y 64 años: 10.808 euros anuales

 Titulares con menos de 60 años: 8.752 euros anuales

Por último, las cantidades de la pensión de orfandad serían las siguientes:

 Pensión básica por beneficiario: 3.533,60 euros anuales

 Beneficiarios menores de dieciocho años con discapacidad igual o superior al 65%: 6.946,80 euros anuales

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