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El motivo por el que la paga extra de verano puede sufrir retrasos y lo que debes hacer si no la cobras
Pensiones

El motivo por el que la paga extra de verano puede sufrir retrasos y lo que debes hacer si no la cobras

La mayoría de jubilados ya han recibido la paga extra ya que los bancos adelantan el pago al mes anterior

Miércoles, 3 de julio 2024, 20:37

La mayoría de pensionistas- casi 10 millones en España- ya han cobrado la pensión de jubilación del mes de julio y con ello la paga extra de verano. Aunque la Seguridad Social hace los pagos entre el primer y quinto día de cada mes, los bancos como deferencia adelantan el dinero a sus clientes a finales del mes anterior por lo que seguramente muchos jubilados ya hayan visto reflejado en su cuenta bancaria la paga de este mes. Pero puede darse el caso de que algunos solamente cobren una paga y se queden sin la extra. ¿El motivo? Hacienda puede embargala.

Son varias las razones por las que un pensionista no cobre la paga extra de verano. Entre ellas que esté prorrateada o que haya un reconocimiento inicial, reanudación, suspensión o extinción de la pensión. Pero también puede ser por un embargo que la Administración Pública realice con base en la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Concretamente el artículo 607 indica que la cantidad correspondiente al Salario Mínimo Interprofesional -1.134 euros- es inembargable y lo que exceda de esa cuantía deberá embargarse conforme a una escala y con unos porcentajes. Así, lo que exceda del doble del SMI podrá ser embargado un 30 %; si excede tres veces se embargará el 50 %; cuatro veces el SMI el 60 %; cinco veces el SMI el 75 % y cualquier cantidad mayor se podrá embargar el 90 %. además, el embargo no podrá generar descubiertos en la cuenta bancaria.

Retrasos en el cobro de las pensiones

Si todavía no se ha recibido el pago de la pensión y no se tiene ningún embargo pendiente, habrá que revisar si hubiera algún problema administrativo y verificar que todos los datos estén correctos. Así, es aconsejable revisar el número de Iban, si se ha cambiado de domicilio o solicitar un certificado en las oficinas de la Seguridad Social para comprobar que todo esté en orden y averiguar por qué no se ha cobrado.

También se podrá contactar con el banco por si el problema no fuera con la Seguridad Social. Para ello puede hacerse en persona, por teléfono o a través de los canales oficiales como la página web.

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