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e.c.
Domingo, 7 de agosto 2022, 01:39
La Seguridad Social destina al pago de pensiones contributivas el equivalente al 11,8% del Producto Interior Bruto del país, según los datos de julio. Son 10.845,9 millones. De este total, 7.848,3 millones (el 72,4%) corresponden al abono de 6.253.855 pensiones de jubilación.
La nómina media de los jubilados españoles es de 1.255 euros (hablamos siempre de su importe bruto), una cifra en la que, como en todas las medias estadísticas, caben notables diferencias.
-Jubilados del Régimen General. Son 4.547.688 personas que cobran una media de 1.403,8 euros al mes. La Seguridad Social destinó en julio 6.383.872 millones al mes a su pago.
-Autónomos. Los 1.321.540 trabajadores por cuenta propia jubilados tienen una paga mensual media de 835,4. Su importe total el mes pasado fue de 1.104.065 millones.
-Régimen del Mar. En julio la cobraron 65.808 personas, a las que se abonó una media de 1.393,39 euros mensuales. En total, fueron 91.696 millones.
-Minería del Carbón. Es el grupo con menos representantes (35.383), pero con la mayor pensión media (2.446,3 euros al mes). Su abono supuso en julio 86.558 millones para la Seguridad Social.
Que los trabajadores de la minería sean el colectivo con la media más alta se debe que el régimen en que cotizan presenta varias particularidades para reconocer la naturaleza «excepcionalmente penosa, peligrosa, tóxica o insalubre» del trabajo que realizan estos profesionales. Así, aunque las bases de cotización con las que se calcula la base reguladora de cada uno son las generales para su categoría profesional, la fórmula con que se calcula el período de cotización sí es distinta a la empleada en el régimen general.
En este caso, se les permite rebajar la edad de acceso a la jubilación hasta los 52 años a través de la aplicación de unos coeficientes reductores establecidos para cada tarea específica. Por ejemplo, si se trata de un picador o un barrenero este coeficiente es del 0,5 (el más alto de la tabla), lo que quiere decir que debe multiplicar ese 0,5 por los años trabajados (en ese puesto) para calcular cuánto puede restar a la edad legal de jubilación. De este modo, si hubiesen sido diez años de trabajo podría adelantar su retiro en cinco.
Viudedad y orfandad en el régimen de los trabajadores del carbón
Como es lógico, esta diferencia se traslada al resto de pensiones contributivas vinculadas a trabajadores de la minería. Así, por ejemplo, frente a los 829,32 euros del régimen general, los 561,57 del de autónomos o los 769,51 del de los trabajadores del mar, su pensión media de viudedad asciende a 1.144,15 euros. Para los huérfanos la diferencia va de los 787,59 euros al mes a los 450,85 del régimen general, los 362,04 de los autónomos o los 525,33 de quienes cotizan el régimen de los trabajadores del mar. En el caso de la incapacidad permanente la diferencia va de los 1.709,53 euros a los 787,57 de los trabajadores por cuenta propia, los 1.033,46 de los del mar y los 1.054,96 de los del régimen general.
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