Tanto los hombres como mujeres pensionistas pueden solicitar el complemento por brecha de género. Fotolia

Seguridad Social

Hasta 121 euros más al mes: la ayuda complementaria que pueden cobrar los pensionistas

Se trata de un complemento para ayudar a reducir la brecha de género, pensada para hombres y mujeres, y estos son los requisitos

T. C.

Gijón

Lunes, 17 de julio 2023, 19:00

Los pensionistas pueden solicitar pagas complementarias para aumetar el dinero que reciben al mes. En concreto, hay una ayuda de hasta 121 euros al mes que puede obtenerse sin tener que cumplir grandes requisitos.

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Se trata del complemento para reducir la brecha de ... género, que está disponibles para hombres y mujeres pensionistas que hayan estado años sin cotizar en ningún régimen contributivo a la Seguridad Social, es decir que no hayan trabajado, para dedicarse exclusivamente al cuidado de sus hijos.

Según datos publicados por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, hasta el 1 de junio, un total de 518.183 personas recibieron el complemento por brecha de género, con un importe promedio de 65.8 euros. Más del 91,4% de los beneficiarios son mujeres, aunque los hombres también tienen la posibilidad de recibirlo.

Requisitos y cómo solicitarlo

Para recibir la ayuda es necesario que el beneficiario cuente con una pensión contributiva de jubilación, una pensión por incapacidad permanente o una pensión de viudedad. En este aspecto también es importante tener en cuenta que las pensiones tienen que haber sido reconocidas a partir del 4 de febrero del año pasado.

Solo la puede recibir uno de los padres, conretamente, el que tenga una pensión más baja. Las madres pueden cobrar esta ayuda si además, de tener una pensión inferior a la del padre esta es una pensión contributiva de la Seguridad Social. Por descontado, los hijos deben estar correctamente inscritos en el registro civil.

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En los casos en los que es el padre sea el que menos dinero reciba hay que tener en cuenta cuándo nacieron los hijos. Si lo hicieron antes del 31 de diciembre de 1994 es necesario presentar el certificado de lagunas de cotización. Si, por el contario, nacieron después de enero de 1995 se exige que las sumas de las bases de cotización de los dos años posteriores al nacimiento o adopción sean inferiores en más del 15% a la suma de las bases de los dos años anteriores.

La Administración permite recibir este complemento por un máximo de cuatro hijos, y las cantidades varían: un hijo (30.4 euros mensuales), dos hijos (60,8 euros mensuales), tres hijos (91.2 euros mensuales) y cuatro o más hijos (121,6 euros mensuales).

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