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El potencial renovable de Asturias se queda muy lejos del de otras comunidades. Más allá de que hay menos sol o los problemas con los que se encuentra la eólica, debido a que buena parte del territorio con más posibilidades en cuanto a ... viento está protegida, tampoco podrá aprovecharse del despliegue de la fotovoltaica flotante en pantanos, al menos, de momento. El Gobierno ha aprobado este verano el real decreto que regula este tipo de instalaciones en embalses y el Principado no contará con ninguna ubicación susceptible de contar con ellas. Por contra, hay 106 localizaciones permitidas: 28 en la cuenca del Guadiana, 24 en la del Guadalquivir, 20 en la del Tajo, 18 en la del Ebro, seis en la del Júcar, cinco en la del Segura, tres en la del Duero y una en la del Miño-Sil.
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Rocío Mendoza
Este tipo de instalaciones, además de aumentar la capacidad de generación eléctrica renovable, ofrecen otras ventajas, como el hecho de no competir por suelo agrícola. Pero, además, gracias a la sombra que proporcionan los paneles se reduce las floraciones de algas y la evaporación de las masas de agua, un aspecto importante en un país como España, con frecuencia afectado por la sequía. Asimismo, los módulos producen más energía que sus equivalentes en tierra gracias al enfriamiento que proporciona el agua y la disminución del polvo.
Otro aspecto positivo es que se prevé que estos parques flotantes puedan ser compatibles con otros usos de los pantanos, ya que su tamaño oscilará entre el 5% y el 15% de la superficie total, en función de la calidad de las aguas. Por tanto, quedará espacio para otras actividades.
El real decreto condiciona la instalación solar a su compatibilidad con el plan hidrológico correspondiente, así como con las necesidades de la explotación de cada embalse, los derechos y usos preexistentes, los objetivos ambientales de las masas de agua y el procedimiento de evaluación ambiental. Además, la extensión de estas instalaciones se establecerá en función del estado trófico del embalse: cuanto peor sea la calidad de sus aguas, mayor podrá ser su cobertura.
Por otro lado, no se instalarán plantas fotovoltaicas en lagos, lagunas u otras masas de agua que no se consideren muy modificadas o artificiales, ni en aquellas superficies que, a pesar de tener esas características, estén afectadas por alguna figura de protección ambiental.
Las confederaciones hidrográficas podrán promover concursos públicos para otorgar las autorizaciones y concesiones en embalses de titularidad estatal, que tendrán una duración máxima de 25 años. Aquellos que las consigan estarán sujetos al canon de utilización de bienes del dominio público hidráulico y, en el caso de embalses de titularidad estatal, al canon concesional y al canon de regulación.
Hasta ahora este tipo de instalaciones no estaban autorizadas en España, aunque sí en otros países. Precisamente, una de las compañías pioneras en esta tecnología es EDP, que puso en marcha hace ya dos años en un embalse de la región de Alqueva, en Portugal, el mayor parque solar flotante de Europa en un embalse, tras haber instalado uno piloto previamente en el Alto Rabagão. Con cerca de 12.000 paneles fotovoltaicos, que ocupan 4 hectáreas –lo que equivale a cerca del 0,016% de la superficie total del embalse– implica también el concepto de hibridación, que permite combinar la energía solar con la hidroeléctrica de la presa. Además es escalable y el plan de EDP es que siga creciendo.
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