Las operaciones en efectivo que Hacienda investiga para evitar pagos en negro o blanqueo de capitales. MATTHIAS BALK

Las operaciones en efectivo que Hacienda no pasa por alto

A efectos legales también debemos tener en cuenta los cheques bancarios al portador, incluidos los electrónicos, por ejemplo el Bitcoin

EL Comercio

Gijón

Lunes, 27 de septiembre 2021, 15:51

La pandemia de la covid-19 ha servido como motor de impulso en el avance de las nuevas tecnologías y en la acelaración inevitable de la digitalización. También ha acelarado las nuevas tendencias a la hora de pagar, por ejemplo con aplicaciones como Bizum. ... Las compras por Internet, la reducción de sucursales y cajeros y la comodidad de pagar o sacar dinero desde el móvil han facilitado que cada vez se amenos habitual el uso del dinero en efectivo. El Banco de España publicaba en julio la encuesta como medio de pago más habitual frente al 80% que lo hacían en 2014. El 54,1% se decanta por la tarjeta de débito como su medio de pago preferido. El 88,5% de los ciudadanos lleva a lo sumo 5 billetes en su cartera.

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Hacienda puede investigar la procedencia del dinero para evitar pagos en negro o blanqueo. A efectos legales también se considera efectivo los cheques bancarios al portador, incluidos los electrónicos como por ejemplo las monedas virtuales como el Bitcoin.

Pago con billetes de 500 euros

Los bancos deben informar de cualquier retirada o ingreso de dinero que implique la utilización de billetes de 500 euros. A pesar de que la utilización de estos billetes en circulación marcó en mayo su mínimo histórico desde febrero de 2002, es una de las operaciones que Hacienda vigila muy de cerca.

Ingresos en metálico superiores a 3.000 euros

Las entidades bancarias también están obligadas a notificar la retirada de fondos que se realicen en efectivo cuando su importe sea superior a 3.000 euros. Si se detectan ahorros no justificados se puede considerar como una ganancia patrimonial que no ha sido declarada.

Ingresos recurrentes

Si un usuario realiza ingresos en efectivo de manera habitual, no importa la cuantía, Hacienda también puede investigar. Para evitar esta situación, lo mejor es recurrir a la transferencia bancaria.

Operaciones que superen los 10.000 euros

Las operaciones que superen los 10.000 euros, ya sea ingresos, retiradas de efectivo o transferencias deben ser comunicadas por los bancos. Tmabién los préstamos superiores a 6.000 euros.

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Transacciones entre particulares y profesionales o empresas de más de 1.000 euros

Además, los pagos que realizados por un particular a un empresario que superen los 1.000 euros se deben realizar a través de tarjetas de crédito o transferencias bancarias. En caso de ser sancionados, la multa asciende al 25% del importe abonado, por lo que el mínimo a pagar a Hacienda sería de 250 euros.

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