El Comercio
Lunes, 9 de marzo 2020, 11:53
Las motocicletas y ciclomotores siempre están en el punto de mira de la Dirección General de Tráfico, sobre todo por tratarse de uno de los colectivos más vulnerables en las carreteras. Por ese motivo, la DGT presta especial atención a la seguridad y ... a toda la normativa relativa a estos usuarios de motocicletas y ciclomotores. Ya que los accidentes con estos vehículos de dos ruedas pueden tener graves consecuencias.
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Pero en esta ocasión, Tráfico ha querido recordar un aspecto menos peligroso, pero igual de importante, que tiene que ver con la normativa relacionada con el estacionamiento de estos vehículos de dos ruedas: «Recuerda que las motos tienen prohibido estacionar en aceras, paseos y demás zonas peatonales. Presta atención a la posible existencia de señales que regulen su estacionamiento. No te arriesgues a ser sancionado. Y sobre todo, respeta a los peatones«, ha recordado la DGT a través de su cuenta de Twitter.
Un tuit en el que la DGT enlaza también uno de sus artículos de la revista digital, en el que recuerda a este colectivo algunas de las infracciones más peligrosas que deben tener en cuenta:
1. Adelantar sin separación: Los motoristas tienen la obligación de distanciarse lateralmente del vehículo que adelantan. En poblado debe ser una separación suficiente, pero en carretera y cuando las velocidades de circulación sean más altas, la distancia lateral debe ser al menos de metro y medio.
2. Velocidad inadecuada: La velocidad inadecuada es la primera causa de accidente con víctimas motoristas en carretera y la infracción más frecuente.
3. Circular por el arcén: Como norma general, los motoristas tienen prohibido circular por el arcén. Solo podrán hacerlo cuando por una emergencia, circulen a una velocidad anormalmente reducida y molesten a los demás conductores.
4. Adelantar por la derecha: El adelantamiento por la derecha en zonas interurbanas está prohibido ya que puede resultar muy arriesgado si el vehículo adelantado pretende volver al carril derecho en ese preciso momento.
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5. Cambiar de sentido donde no está permitido: Esta maniobra está prohibido realizarla en pasos a nivel, túneles, autopistas y autovías, curvas y cambios de rasante con poca visibilidad.
6. Circular con la luz apagada: Las motocicletas que circulen por cualquier vía deben llevar siempre encendido el alumbrado de cruce.
7. Avanzar entre coches: Avanzar entre vehículos sin la separación adecuada es arriesgado, ya que resultan imprevisibles para el resto de los conductores.
8. Estacionar en la cera: Aceras, paseos y demás zonas peatonales son lugares donde motos tienen prohibido estacionar como norma general. Aún así, los ayuntamientos pueden regular la parada y el estacionamiento para estos vehículos, siempre que no pongan en riesgo el tránsito de peatones.
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9. Velocidad excesiva en zonas residenciales: En calles residenciales, cercanías de pasos de peatones, de colegios, mercados o lugares donde la irrupción de peatones en la calzada pueda ser imprevista, los motoristas deberán reducir la velocidad todo lo necesario.
10. Invadir el sentido contrario: Invadir el sentido contrario para avanzar más por una calle colapsada supone una infracción peligrosa para el motorista y para el resto de vehículos que circulan correctamente, además supone una infracción grave de 500 euros y seis puntos.
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