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La DGT alerta: algunos conductores tendrán que realizar este paso antes del 31 de enero si no quieren perder su carné

La DGT alerta: algunos conductores tendrán que realizar este paso antes del 31 de enero si no quieren perder su carné

Los conductores residentes en España afectados por el 'Brexit' deben realizar una homologación, renovación o sustitución de su permiso

EL COMERCIO

Gijón

Jueves, 26 de diciembre 2019, 19:34

El 'Brexit' parece que se va a convertir en una realidad próximamente y va a traer numerosas consecuencias para todos los europeos. La Dirección General de Tráfico (DGT) ha concretado uno de los efectos que tendrá la salida de Reino Unido sobre los británicos residentes en España que tengan carné de conducir.

La llegada del 'Brexit' provocará que «todos los acuerdos en materia de tráfico en el marco de la UE dejarán de tener validez para los ciudadanos del Reino Unido», recuerda la DGT. A nivel práctico, esto significa que los permisos de conducir provenientes de Reino Unido «solo serán válidos para conducir en España durante los primeros 9 meses posteriores al 'Brexit', siempre que estén en vigor».

«Si quieres seguir conduciendo en nuestro país, será necesario realizar un canje (homologación), renovación o sustitución de tu permiso por uno español equivalente, debiendo entregar el original», recomienda la Dirección General de Tráfico.

Por ello, se ha puesto en marcha un protocolo que permite realizar el canje, renovación o sustitución del permiso de conducir de Reino Unido por el equivalente al carné español en las mismas condiciones previas a la salida de la UE, sin tener que esperar a la firma de un nuevo convenio entre países ni tener que obtener un nuevo permiso de conducir español.

Las condiciones para poder realizar este paso son ser ciudadano de Reino Unido, tener la residencia habitual en España y presentar una solicitud antes del 31 de enero de 2020.

«De esta manera, suceda lo que suceda ese día, tendrás garantizado que te atendamos para poder realizar el canje de tu permiso durante el plazo de 9 meses desde la fecha del 'Brexit'», aconseja la DGT.

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