Hacienda habilita las consultas telefónicas para una veintena de trámites

Se utilizará el sistema Cl@ve PIN para la identificación, un método ya existente para otras operaciones en la página de la Agencia Tributaria

Europa Press

Miércoles, 8 de julio 2020, 19:53

El Ministerio de Hacienda ha habilitado la posibilidad de realizar trámites y actuaciones a través de su canal telefónico. A partir de este miércoles ya se pueden hacer gestiones como el pago de deudas o su aplazamiento con la Agencia Tributaria (AEAT ... ), la consulta de pensiones o sueldos, según la resolución publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) del pasado martes.

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Este canal telefónico funciona mediante el sistema de firma no avanzada con clave de acceso en un registro previo (sistema cl@ve PIN) para determinados trámites y actuaciones, con la denominación REC@T (Centro de atención telefónica de Recaudación). La aplicación al canal telefónico permitirá, en todo caso, asegurar la identidad del interlocutor. El sistema pedirá el NIF/NIE del tributario y otro dato para contrastar su identidad (fecha o número soporte) tras lo cual, se le enviará el PIN a su teléfono móvil. A continuación, el código PIN será solicitado por el agente telefónico que, tras comprobar que es correcto, procederá a atender la demanda solicitada.

Trámites y consultas

Los trámites o actuaciones habilitados para su atención telefónica son, en el procedimiento de apremio, la consulta de deudas y la generación de documentos de ingresos de vencimientos; consulta del procedimiento del embargo de cuentas bancarias, así como de sueldos, salarios y pensiones, bienes y derechos, y la generación de documentos de ingreso de diligencias de sueldos y salarios.

También se podrá consultar el procedimiento de embargo de valores, así como de créditos, efectos y derechos realizables en el acto o corto plazo, en paralelo a la generación de documentos de ingreso de diligencias de créditos (comerciales y arrendaticios) y de documentos de ingreso de diligencias de crédito en relación a las terminales de punto de venta.

De igual forma, se habilita la consulta sobre el procedimiento de embargo de bienes inmuebles y derechos sobre estos; sobre el procedimiento de embargo de bienes muebles y semovientes, así como del embargo de intereses, rentas y frutos de toda especie.

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En cuanto al aplazamiento y fraccionamiento de deudas, se podrá presentar solicitud de los mismos, contestar requerimiento de datos y de datos de cuenta bancaria para domiciliación; gestionar aplazamientos; domiciliaciones, consulta de envío de orden de domiciliaciones a entidad de crédito y la gestión de aplazamientos cono obligado tributario (cartas de pago, cambio de domicilio, desistimiento expreso y domiciliación bancaria).

Respecto a la compensación a instancia del obligado tributario, se habilita la presentación de solicitudes, la modificación de datos de la compensación y la consulta de las mismas; en compensación de oficia se podrá consultar los acuerdos y se podrá realizar el pago de impuestos mediante cargo en cuenta.

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