Renta 2019 | ¿Cuáles son las novedades de la campaña del IRPF y quiénes están exentos?

La Agencia Tributaria ha introducido algunos cambios para facilitar los trámites

EL COMERCIO

Gijón

Miércoles, 1 de abril 2020, 12:22

Este 1 de abril se abre el plazo para presentar la declaración de la Renta correspondiente al año 2019, una cita marcada por la situación excepcional del Estado de Alarma decretado por el coronavirus. Las fechas previstas se mantienen, ya que la mayor parte ... se tramitan por internet, pero ¿hay alguna novedad respecto a años anteriores?

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Una de ellas es la «notable» simplificación de la identificación del domicilio fiscal del contribuyente. Tradicionalmente esta información se encontraba en la primera página del modelo y se mostraba en el momento de la descarga de datos fiscales, pero este año este apartado se ofrece de forma separada al resto de la declaración, por lo que de forma «sencilla e intuitiva» el contribuyente ratificará el último domicilio fiscal disponible o, en su caso, lo modificará.

Otra novedad importante es la mejora en la cumplimentación de los rendimientos de capital inmobiliario y de actividades económicas en estimación directa, se ha consolidado en un único apartado toda la información relacionada con los inmuebles de los que es titular el contribuyente, ya sea como propietario o usufructuario.

En el caso de arrendamiento de bienes inmuebles o de constitución de derechos o facultades de uso o disfrute sobre los mismos, para facilitar el cálculo del rendimiento neto de capital inmobiliario que corresponda, se desglosan todos los conceptos necesarios para ayudar al contribuyente en el cálculo del principal gasto deducible, las cantidades destinadas a la amortización. Cumplimentando estas casillas, Renta Web calculará el importe de la amortización deducible y, en el próximo ejercicio, el contribuyente podrá obtener este importe directamente de Renta Web.

De su lado, en relación con los «rendimientos de actividades económicas en estimación directa» se modifica la relación de ingresos computables y gastos deducibles. En el caso de los ingresos, se persigue que la relación de ingresos declarados sea más acorde a la naturaleza de los ingresos obtenidos.

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'Le llamamos': no podrá elegir la hora

Este año, debido al confinamiento, sí hay un cambio para quienes quieran presentar su declaración por vía telefónica a través del programa 'Le llamamos'. Podrán solicitarlo a partir del 5 de mayo para que la Agencia les llame a partir del 7 de mayo, tan pronto como sea posible, pero sin posibilidad de elegir franja horaria como en anteriores campañas.

Por lo que respecta a la atención presencial en oficinas, que actualmente se encuentran cerradas, la Agencia mantiene el inicio en el 13 de mayo, con cita previa que se podrá solicitar desde el 5 de mayo.

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¿Quiénes están exentos?

No tendrán que declarar los contribuyentes que hayan obtenido en el ejercicio 2019 rentas procedentes exclusivamente, en tributación individual o conjunta, de rendimientos íntegros del trabajo con el límite general de 22.000 euros anuales cuando procedan de un solo pagador.

Este límite también se aplicará cuando se trate de contribuyentes que perciban rendimientos procedentes de más de un pagador y concurra que la suma de las cantidades percibidas del segundo y restantes pagadores, por orden de cuantía, no superen en su conjunto la cantidad de 1.500 euros anuales o que sus únicos rendimientos del trabajo consistan a determinadas prestaciones pasivas.

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Quedan exentos también los rendimientos íntegros del trabajo con el límite de 14.000 euros anuales cuando procedan de más de un pagador, siempre que la suma de las cantidades percibidas del segundo y restantes pagadores, por orden de cuantía, superen en su conjunto la cantidad de 1.500 euros anuales.

Los contribuyentes que obtengan exclusivamente rendimientos íntegros del trabajo, de capital o de actividades económicas, así como ganancias patrimoniales, con el límite conjunto de 1.000 euros anuales y pérdidas patrimoniales de cuantía inferior a 500 euros tampoco tendrán que declarar, entre otros casos.

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