El plazo para presentar el borrador de la declaración de la renta de 2019 a través de Internet comenzó el pasado 1 de abril. No obstante, este trámite también puede realizarse vía telefónica desde el 7 de mayo a través del Plan 'Le llamamos', ... aunque ya se puede pedir cita previa vía online o llamando al 901 12 12 24 o 91 535 73 26 (servicio automático) 0 al 901 22 33 44 o 91 553 00 71 (atención personal). Por lo tanto, existen varias fórmula para presentar el borrador de la renta de 2019, pero todas finalizan el mismo día.
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La Agencia Tributaria ha establecido el 30 de junio como fecha límite para presentar la declaración de la renta de 2019, si bien concluirá con anterioridad, el 25 de junio, en los casos de declaraciones con resultado a ingresar con domiciliación en cuenta.
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Pero, ¿qué pasa si no presentamos el borrador de la renta antes de estas fechas? Si se nos pasa el plazo establecido y no hemos presentado el borrador, habrá que pagar una sanción económica al Ministerio de Hacienda. La multa oscila entre los 200 y los 400 euros, dependiendo del tiempo que haya pasado, aunque se podrá rebajar a la mitad por pronto pago.
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